Las siguientes son algunas claves de los proyectos que el gobierno nacional enviará al Congreso para el blanqueo de dinero.

Las personas físicas y las sociedades, inscriptas o no, podrán exteriorizar la tenencia de moneda nacional, extranjera y los demás bienes ubicados en el país y en el exterior, por los períodos no prescriptos al 31 de diciembre de 2015. El plazo para poder hacerlo se extendería hasta el 31 de diciembre de 2017.

Los impuestos previstos para el blanqueo serán los siguientes:

Hasta 25 mil dólares, será gratos. Hasta 80 mil dólares y por blanqueo de inmuebles 80 mil dólares. Por arriba de esa cifra será del 10 por ciento.

Los beneficios de blanquear serían:

No tener sanciones de la ley 11.683 y de la ley penal tributaria y exención de los impuestos que hubiera correspondido pagar por los bienes blanqueados.

Se pone como requisito haber cumplido, hasta el 31 de mayo de 2016, con las presentaciones y los pagos del impuesto a las ganancias, bienes personales, ganancia mínima presunta por los ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2015.

No podrán blanquear bienes los que hayan ejercido la función pública en cualquiera de los poderes, ni sus familiares directos.

La expectativa del gobierno es que vuelvan al país 60 mil millones de dólares.