En mayo próximo vencerá el subsidio al consumo de gas natural otorgado por el Estado nacional a los usuarios del servicio que han demostrado que no pueden pagar la factura completa. Quienes quieran seguir contando con ese beneficio deberán realizar el trámite de renovación ante Litoral Gas o bien ante la Defensoría del Pueblo de la provincia.

Tanto en Rosario como en la ciudad de Santa Fe los usuarios pueden presentar la declaración en las sedes de la Defensoría del Pueblo, o bien en Litoral Gas, junto a una fotocopia del DNI del titular o apoderado y la factura o liquidación del servicio de gas natural, además de la documentación que respalde su pedido como recibo de haberes, certificado de discapacidad o acreditación del vínculo con la persona afectada, entre otros. En Rosario, el trámite deberá realizarse en Tucumán 1681, de 8 a 18.

En diálogo con La primera de la tarde (Radio 2), la directora general de Gestión e Instrucción de la Defensoría del Pueblo, María Emilia Biglieri, aclaró que esa dependencia sólo funciona como nexo entre los usuarios y Litoral Gas, pero no tiene facultad para tomar la determinación final de quiénes serán beneficiarios del subsidio.

La inclusión en el registro para gozar del beneficio tiene una vigencia de un año desde la presentación de la declaración jurada; pero por motivo de discapacidad el beneficio durará el tiempo de validez del certificado de persona con capacidad diferente.

Los requisitos

De acuerdo con normativas del Enargas, podrán mantener dicho subsidio quienes padezcan una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio; los que perciban pensiones no contributivas, quienes sean beneficiarios de algún plan social como Asignación Universal por Hijo o subsidios por desempleo y también aquellos cuyos domicilios estén afectados a actividades sociales como comedores comunitarios y centros de jubilados, entre otros.

Además, podrán realizar nuevamente el empadronamiento para gozar del beneficio aquellos que tengan ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena o se encuentren exentos del pago de tasas municipales. También están habilitados los que tienen vivienda precaria con familia numerosa o los que carecen de otros servicios públicos.

En caso de enfermedad, los interesados en conservar el beneficio, deberán presentar la constancia médica o historia clínica. Si el usuario cobra pensión no contributiva será necesario adjuntar copia del recibo de haberes y si se trata de pensión por discapacidad, tendrán que mostrar el certificado que lo acredite.

Si se trata de una familia que cobra algún tipo de plan social, se deberá presentar la constancia emitida por la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses). En cambio, si se trata de una institución benéfica u organización no gubernamental, será obligatoria la acreditación de los documentos que acrediten dicha actividad.

Finalmente, en el caso de que la persona discapacitada no sea titular del servicio, se deberá acreditar el vínculo con éste.

Aclaración sobre el subsidio marcado con sello rojo 

La Defensoría del Pueblo advirtió a los usuarios que gozan del beneficio detallado mediante un sello rojo que cruza en diagonal las facturas de pago, no deberán hacer trámite alguno para seguir contando con ese subsidio.

“El mismo es producto de la compra de gas importado y quienes cuentan con ese beneficio, lo van a mantener sin tener que hacer ningún trámite”, dijo Biglieri.