Mientras avanza la posibilidad de que el juez de Vera Gustavo Gon sea sometido a jury por liberar a Manuel Díaz, acusado de violar a su hija de 15 años, desde el Ministerio Público de la Acusación (MPA) defendieron la actuación de los fiscales del caso. En tanto, se conoció que el papá de la víctima se declaró inocente.

Luego de que Díaz fuera acusado de violación por su hija en febrero pasado, se realizó la solicitud de la prisión preventiva por parte de los fiscales del MPA Leandro Benegas y Martín Gauna Chapero, quienes lo acusaron por "abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo reiterado; corrupción de menores calificado agravado por el vínculo en concurso ideal; y abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo".

Por entonces, el juez Gustavo Gon dictó la prisión preventiva para Díaz. Sin embargo, pasados tres meses desde esa firma, el propio magistrado revocó la medida después de la cámara Gessell con la niña porque entendía que estaba resguardada la prueba y que no había peligro de fuga. Consultado por la periodista Ivana Fux en Radio 2, el fiscal general Julio de Olazabal defendió la actuación de los fiscales que apelaron la decisión que, finalmente, le posibilitó acceder otra vez a su víctima.

“Los fiscales actuaron correctamente al oponerse teniendo en cuenta el riesgo y la perversidad del hombre. Pero el juez no hizo lugar a eso y lo dejó en libertad”, indicó. La apelación, en tanto, fue desestimada por la cámara y así Díaz pudo moverse tranquilo.

De Olazabal también se refirió al planteo expuesto por el abogado de Díaz, quien hoy confió en Radiópolis que no hay pruebas de abuso sexual contra la niña, al sostener que en ese lapso de 90 días los fiscales no produjeron pruebas para acusar al papá de la adolescente: “Eso es absolutamente disparatado, no puede un abogado poner plazos. Si los fiscales se tendrían que apurar ante el pedido de un abogado no se podrían producir pruebas”, explicó.

Gon en la mira

El juez Gustavo Gon está en la mira porque ordenó la prisión preventiva por 70 días al empleado judicial Manuel Díaz, preso por abusar de su hija de 15 años, pero antes de que se cumpliera el plazo lo dejó en libertad y el hombre fue nuevamente acusado de violar a la niña.

Tal es así que el lunes, la Corte Suprema de Justicia ordenó investigar la conducta del juez y designó para la tarea al fiscal de Cámara Nº 1 Miguel Molinari, a quien le concedió un plazo de 30 días para presentar su informe. Según el resultado del sumario, la Corte podría promover el jury de enjuiciamiento.

En contacto con Radio 2, la diputada provincial Alicia Gutiérrez confirmó que están estudiando el escrito donde se pide un enjuiciamiento al magistrado aunque advirtió que aún no fue presentado formalmente.

“Es una situación que hay que estudiar con detenimiento”, señaló y evidenció “mucha preocupación porque no es el único antecedente en Vera, hace tres años que venimos teniendo empleados judiciales que son acusados”.

Según publicó Rosario12, dos legisladores arrepentidos de haber votado el pliego del juez Gon, hace un año en la Asamblea Legislativa, coincidieron ayer que un jury debería analizar la conducta del magistrado en el caso de una adolescente de 15 años abusada por su padre. El diputado peronista Avelino Lago dijo que el órgano competente para evaluar la responsabilidad del juez y promover el proceso de remoción es el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados de la provincia, mientras que el senador de la UCR, Orfilio Marcón, se mostró partidario de poner bajo la lupa a Gon y "si cometió alguna negligencia", destituirlo del cargo porque el hecho "es de una gravedad tremenda".

Ayer, el la comisión bicameral de Acuerdos de la Legislatura, Avelino Lago, coincidió que "la conducta del doctor Gon debe ser analizada bajo la ley 7.050 de enjuiciamiento de jueces". "El órgano competente para iniciar el proceso de remoción es el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados que integran los seis ministros de la Corte Suprema de Justicia, dos legisladores (un diputado y un senador) y dos abogados de la matrícula", explicó.

Las "causales de remoción de los jueces" son cinco: "ignorancia manifiesta del derecho", "incumplimiento de las obligaciones del cargo", "desorden de conducta privada o actividad incompatible con el decoro y dignidad de la función", "delitos dolosos" o "inhabilidad física o mental". Lago dijo que cualquier persona puede denunciar a un juez si considera que existen algunas de las cinco "causales de remoción" previstas por la ley 7.050.

- Entonces, habrá que esperar el resultado de la investigación que la Corte le encargó al fiscal Molinari-- le plantearon.

- Exactamente, hay un plazo que la ley prevé (de 30 días) y a partir de allí, la Corte decidirá si se inicia el jury o no, según los elementos que hubiera en el sumario--, contestó.

El senador Marcón se mostró partidario de evaluar la conducta del juez Gon porque el caso de la adolescente abusada por su padre "es de una gravedad tremenda. En esta región suceden situaciones de maltrato, de violaciones y cosas graves y vemos que, al poco tiempo, los responsables están en libertad", planteó.

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Julio de Olazabal (Radio 2)