Soledad Massin

Las plataformas digitales y las redes sociales revolucionaron las relaciones interpersonales, pero también redefinieron los conceptos de acoso y extorsión. Desde hace un tiempo, el “grooming” o ciberacoso sexual infantil se convirtió en la pesadilla de cualquier padre. Con media sanción del Senado de la Nación, la cámara Baja intentará incorporarlo al Código Penal. En Santa Fe, un proyecto de ley sobre el mismo tema, pero con un enfoque distinto, duerme en los cajones de la Legislatura. Se trata de una iniciativa que dejó Mónica Peralta en su paso por la cámara de Diputados que "apunta a la condena cultural desde la educación y abarca además del grooming, el sexting y el cyberbullying". Según algunos informes, el grooming es cada vez más frecuente y se estima que al menos "siete de cada 10 chicos ha reconocido tener algún tipo de acoso vía internet".

"El acoso en redes sociales no es algo que esté previsto persé. No está legislado. Generalmente las redes, las más conocidas, tienen mecanismos internos para denunciar situaciones, y poder bloquear o denunciar situaciones por cosas que se publican”, explica el abogado Gustavo Lorenzo del equipo de la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes de Santa Fe que ya atendió algunos casos de ese tipo en su primer año y medio de vida institucional. 

El grooming es el aprovechamiento que hacen los adultos de las redes sociales para tener contactos con niños, niñas o jóvenes. Intentan generar un perfil para poder armar ese vínculo. "No hay legislación específica: lo que debiera haber es legislación que incluya como delito las actividades del grooming y no esperar a que se configure otro delito”, sostuvo Lorenzo.

Para el vicepresidente de Argentina CiberSegura Ricardo Sáenz, impulsor de una de las versiones del proyecto, se trata de "un avance en materia de delito informático". Lo mismo opinó Natalia Zlachevsky de Chicos.net aunque rescató que las TICs no son de por sí peligrosas, sólo si se las utiliza “sin conciencia ni pautas de autocuidado” por lo que llamó a la utilización responsable de Internet.

El grooming: aunque no lo veamos, está

El método del grooming es sencillo: un adulto se registra a una plataforma social –Facebook, Twitter, blog o Fotolog– como si fuera una niña o niño de 13 años y se hace amigo de otras chicas y chicos de su edad. Con el tiempo y una vez que logra ganarse la confianza, trata de contactarse con ellos personalmente o bien les pide fotos y videos a través de la red.

Consultado por Rosario3.com, Saénz apuntó: "Es esencial el control de los padres". "Que estén atentos a lo que hacen los chicos y se interesen por sus amistades”, para el especialista es la clave. A su entender, es vital garantizar entre el niño y el adulto un canal de comunicación fluido, para que sean los padres la primera opción de los chicos a la hora de pedir ayuda. (Ver nota relacionada)

En la misma línea opinó Lorenzo: "Profesores y docentes también tienen que estar tan atentos como los padres. Es bueno que los chicos no utilicen la compu en lugares aislados, que los aparatos estén en el living y no en el cuarto y hay que revisar cada tanto la actividad en los muros de Facebook y los perfiles más visitados".

De la intención al delito

"Actualmente hay que denunciar el delito como amenaza, acoso o molestias, cometidas por adultos. Se realizan en los juzgados penales llegando a la denuncia por abuso sexual en el caso que la situación configure ese delito. Porque por ahora, el delito de grooming no está tipificado", explicó Lorenzo.

El proyecto –actualmente en debate en la cámara de Diputados– fue redactado y presentado en 2011 por la senadora pampeana por el justicialismo María Higonet; su objetivo es penar “con prisión de seis meses a cuatro años al que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.

Pero esta redacción no convencía a los diputados que en la última sesión antes del receso invernal decidieron posponer su tratamiento para la segunda mitad del año. Varios legisladores expresaron reparos a la hora de igualar con las mismas penas el intento de abuso y el abuso sexual concretado.

Por ello, con el apoyo de los diputados Manuel Garrido (UCR) y Paula Bertol (PRO), los especialistas de Argentina Cibersegura presentaron un proyecto alternativo que recoge las críticas de los diputados en cuanto a la redacción de la conducta prohibida –que generaba un adelanto de punibilidad discutible–; al rango etario de protección –con sanciones que no discriminaban entre niños y adolescentes–; y a la pena prevista –demasiado alta en relación a otros delitos sexuales.

El texto propuesto establece la reclusión “de tres meses a dos años al que mediante la utilización de tecnologías de la información y las comunicaciones cometiere cualquier tipo de acción tendiente a que un menor de 16 años de edad realice actividades sexuales explícitas o actos con connotación sexual, siempre que el hecho no constituyera un delito más severamente penado”. Al mismo se lo pena con entre seis meses y cuatro años de prisión cuando la víctima fuera menor de 13 años, o “cuando el material obtenido a través de la conducta antes descripta sea utilizado para obligar al menor a hacer o no hacer algo”.

Según advierten muchos especialistas, el tema es complejo y la iniciativa presenta problemas. En particular por la gran vaguedad y amplitud que presenta su redacción. Quienes dudan de la letra chica de la ley, aseguran que el texto incrimina el mero "contacto” con un menor de edad; esto significa el castigo a un acto preparatorio anterior a la ejecución del delito que se persigue, que se completa con un elemento exclusivamente subjetivo de muy difícil prueba.