La Corte Suprema de Justicia rechazó este martes el reclamo de un sindicato de presos en cárceles federales comunes para que les reconozcan derechos laborales, entre ellos, empleo remunerado y salario mínimo. El máximo tribunal no desconoció los derechos de los trabajadores detenidos, pero remarcó que "no están agremiados".

Según publicó el Centro de Información Judicial, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda desestimaron los reclamos formulados por el autodenominado Sindicato Unión de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria (Sutpla), que solicitaba que el Estado asegurara "empleos remunerados, un salario mínimo o mejores beneficios laborales a quienes cumplen condenas en prisión".

Si bien el Sutpla está inscripto formalmente en el Ministerio de Trabajo no tiene personería gremial reconocida. 

La demanda consistía en que "se pague una remuneración equivalente al salario mínimo, vital y móvil –que es de 5.588 pesos– a la totalidad de las personas recluidas en establecimientos del Servicio Penitenciario Federal que efectúan tareas laborales". El pedido se basaba en una presunta situación de discriminación y desigualdad.

Según la Corte, el sindicato "probó haber solicitado su «inscripción» como entidad gremial, pero no que la autoridad pertinente la hubiese concedido". Por lo tanto, formalmente no tiene representatividad gremial del colectivo de trabajadores detenidos.

A su vez, el máximo tribunal de Justicia rechazó el reclamo para que el Estado "otorgara trabajo a todas las personas alojadas en los diversos establecimientos del Servicio Penitenciario Federal que se encontrasen desocupadas o, en su defecto, se les abonase un salario".