El Ministerio de Salud provincial, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) prohibió la comercialización del producto alimenticio “Salames y Salamines” que contiene en su interior salamín de la marca Primer Corte. La medida fue dispuesta por la Orden Nº 81 por no cumplir con la legislación alimentaria vigente (el Registro Nacional de Productos Alimenticios es inexistente), e incluyó además el decomiso en todo el territorio santafesino.

El director provincial de la Assal, Raúl Samitier, explicó que “por medio del acta de toma de muestra Nº 05/15 de esta agencia de fecha 14/07/15 se tomó muestra simple en la localidad de Venado Tuerto del producto alimenticio mencionado anteriormente en cuyo rótulo se indica, Registro Provincial de Producto Alimenticio (Rppa) Nº en trámite, con domicilio en 25 de Mayo Nº 898, de la localidad de Junín, provincia de Buenos Aires”.

Atento a ello, se pidió constatación en dicha provincia y la autoridad sanitaria de la misma informó que en sus registros no tienen datos de inscripción del producto citado; asimismo, el protocolo de análisis Nº 16208 de la Assal, concluyó que el referido producto no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente con motivo que “el RNE y Rnpa son inexistentes”.

Por ello, Samitier puntualizó que “la falta de Rnpa no garantiza la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado, configurando todo ello una infracción a lo establecido en el artículo 155 del Código Alimentario Argentino (CAA)”.

Finalmente, aseguró que desde la Assal “se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, enfatizando al fundamentar la decisión que “se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.