El juez federal Walter Lara Correa, a cargo del juzgado contencioso administrativo número 10 de la ciudad de Buenos Aires, falló el viernes pasado a favor del Banco Central (BCRA), la Comisión Nacional de Valores (CNV) y Rofex Inversora en una demanda que les había iniciado la empresa de servicios agropecuarios Madelan en la llamada causa “dólar futuro”, pleito que llegó a tener a la vicepresidenta Cristina Fernández bajo investigación.

Es el segundo juez federal de Buenos Aires que resuelve en favor de los demandados ya que el juzgado contencioso administrativo federal número tres ya se había pronunciado en igual sentido, y de esta forma ya hay tres fallos en esa línea en los tribunales porteños. Por el contrario, la jueza Sylvia Aramberri, a cargo del Juzgado Federal Nº 1 de Rosario, ya emitió 10 fallos condenando a los demandados a pagarle a los inversores las millonarias diferencias entre el precio barato del dólar futuro que pactaron comprar a finales de 2015 en el mercado Rofex y el valor más caro que terminaron pagando en 2016 luego de que la entidad bursátil definiera un aumento del precio en medio de la devaluación ocurrida tras la salida del cepo.

Si bien no se trata de una cuestión aritméctica, que dos jueces del tribunal contencioso administrativo sumen una interpretación totalmente contrapuesta a la de la jueza rosarina suma argumentos y criterios de cara a la resolución que deberá tomar la Cámara de Apelaciones cuando le toque definir.

Es que tanto Rofex Inversora, como CNV y el Banco Central apelaron los fallos de Aramberri. Y al estar apelado, no rige la condena dictada en primera instancia. Aramberri tiene todavía que definir 10 causas y se descuenta que fallará en el mismo sentido. Y de las 30 demandas presentadas en el fuero federal rosarino, Rofex Inversora logró que sean rechazadas por la propia magistrada por razones formales o estar prescriptas. En los tribunales federales porteños, en tanto, hay más de 20 fallos por salir en las próximas semanas, pero –a diferencia de Rosario- están repartidos en varios juzgados de primera instancia.

La causa

En 2015, sobre finales del gobierno de Cristina y cuando el mercado descontaba una devaluación apenas suba Mauricio Macri, el Banco Central salió a vender de manera masiva contratos de dólar futuro para 2016 a precios mucho más bajos de lo que se esperaba en el mercado que cotice para esa fecha con el objetivo de frenar las expectativas devaluatorias sin tener que liquidar reservas.

No fueron pocos los inversores y ahorristas que viendo el precio muy bajo que se comprometía a pagar el Banco Central salieron a comprar dólar futuro de forma masiva. También lo hicieron para cubrirse de la devaluación en ciernes, sobre todo si Mauricio Macri, como prometía, sacaba el cepo cambiario y liberaba el precio del dólar oficial. Tanta fue la avalancha que el Rofex tuvo que aumentar exigencias y luego hasta frenar operaciones, quedando alterado el mercado de futuros.

El caso es que al llegar el gobierno de Macri, el Banco Central calculó que cumplir con esos pagos provocaría una gran emisión de pesos (ya que lo que se abona en el mercado de futuros al cumplir un contrato es la diferencia en precio entre la cotización del día y la cotización futura pactada anteriormente) genernado el marco para que el Rofex, avalado por el reglamento de los contratos, disponga una corrección de precios (una suba de de $1.75 por dólar para las operaciones abiertas a partir del 28 de octubre de 2015 inclusive) que en la práctica alivió el monto que debía pagar el Banco Central.

Ante el cambio, muchos inversores que compraron dólares a futuro a precio bajos iniciaron demandas pidiendo que el Banco Central les pague los valores originales. No obstante, los demandantes, en general, fueron operadores no habituales y que habían ingresado a comprar dólares post Paso y post denuncia de Alfonso Prat Gay de lo que estaba haciendo el Banco Central. En ese año hubo una tanda de medidas cautelares pedidas por los inversores, pero que fueron todas desactivadas en favor de las demandas. Y ahora esas causas están llegando a las instancias de definiciones.

La visión de Aramberri

Hay que destacar que todas estas demandas no tienen impacto alguno en el mercado de futuros Matba-Rofex. Como el Rofex, con base en Rosario, se integró hace unos años a su par de Buenos Aires, el Matba, pasó esa contingencia judicial a dos nuevas empresas que armò y bautizaron como Rofex Inversora y AC Inversora. Además, se dispuso el respaldo patrimonial líquido para hacer frente a esta contingencia judicial.

Y otro tema importante a destacar que la propia Aramberri ya dio por vencidos todos los plazos para la presentación de nuevas demandas por lo que no hay riesgo de que los montos de las demandas superen el dinero previsionado.

Con respecto al criterio de la jueza Aramberri, uno de los puntos fuertes para fallar en contra del Banco Central, es un dictamen contable que para la jueza "permite comprobar la inexistencia de riesgo de incumplimiento en el pago de los contratos de dólar futuro". Y además recuerda que “al vencer las operaciones de futuro sobre divisas del BCRA, efectuadas en el mercado local, se saldan pesos y no en divisas y solo por la diferencia entre el tipo de cambio pactado y el de referencia en el mercado cambiario al vencimiento, por lo tanto, en el momento en que se tomaron las decisiones de ventas de contratos futuros no había riesgo de pérdida de reservas”.

Y agrega: "No obstante la validez de la emergencia y por ende de la necesidad de normalizar la operatoria de dólar futuro, las medidas adoptadas no guardaron adecuada relación de proporcionalidad con las anomalías detectadas, máxime si tenemos en cuenta que el mercado y la cámara compensadora pueden intervenir en tiempo real ante anomalías, exigir márgenes adicionales, establecer límites máximos a posiciones abiertas, imponer restricciones, cierre o traspaso total o parcial de operaciones y/o contratos abiertos, determinar mecanismos para establecer un precio de ajuste diario y/o final y en su caso aplicar los procedimientos para la liquidación o cancelación en caso de incumplimiento".

La visión de Lara Correa

Por el contario, el juez porteño Lara Correa mostró una lectura y criterios distintos para rechazar la demanda incoada por la firma Madelan, una compañía de servicios agropecuarios con base en Buenos Aires) contra Rofex, CNV y el BCRA argumentando un daño patrimonial de 500 mil pesos por el reajute de precios dispuesto.

La sentencia de 41 páginas en favor del BCRA y el Rofex.

El juez resaltó que el reajute de precios fue “en uso de las atribuciones reglamentarias y de las facultades establecidas en el artículo 4 del “Reglamento de Contratos de Futuros y Opciones sobre Dólar Estadounidense, con el objetivo de normalizar la operatoria de los futuros de dólar, como una de las herramientas fundamentales que contribuyen a la estabilidad cambiaria, y eliminar el riesgo de incumplimiento o impugnación de las operaciones concertadas”.

Y luego destacó que “la CNV en su calidad de autoridad de contralor y fiscalización concluyó que la emergencia declarada se sustentó en el hecho de que se encontraba comprometido el buen funcionamiento del mercado de futuros de dólar, por el aludido riesgo de incumplimiento, derivado de las circunstancias existentes en ese momento y, como consecuencia de ello, aprobó la declaración de emergencia dictada en conjunto por Rofex y tomó conocimiento del mecanismo de ajuste del precio”.

Más adelante, el magistrado cita el informe titulado Rofex: Análisis de la Razonabilidad de Ajustes de Contratos de Futuros, que da cuenta de que, en el contexto de un drástico cambio en las variables del tipo de cambio y un riesgo cierto de impugnación de los de los contratos: el tamaño del ajuste realizado fue razonable. A raíz de ello, del mencionado informe se advierte que las operaciones dólares futuros, pese a la modificación del precio mantuvo una rentabilidad razonable para el inversor que quisiera cubrirse de alguna manera contra la fluctuación del dólar”.

Y esto se puede ver al comparar los resultados obtenidos por los inversores que actuaron en el mercado de futuros con los que habrían obtenido si hubieran invertidos en títulos en dólares o en de títulos ajustables a tipo de cambio (dollar-linked) que estaban vinculados al tipo de cambio oficial

“Por lejos la inversión en futuros fue la más rentable de todas las que podrían haberse realizado, aun con el ajuste que operó el Rofex, dado que de la comparación de la ganancia obtenida en el mercado de futuros por supuestas posiciones adquiridas al 30/10/15, con vencimiento en febrero 2016, el estudio arroja una “rentabilidad efectiva” del 245% antes del ajuste y de 138% luego del ajuste; en cambio los rendimiento efectivos de los bonos del Gobierno Argentino en dólares o dollar-linked que osciló en igual período y dependiendo del instrumento aplicado, entre el 20% y el 24%”, señaló el juez ctando el informe sobre el impacto del ajuste de precios citado más arriba.

“En esta tesitura, y en el caso la inversión con apalancamiento, es decir, tomando deuda para apalancar la inversión. La “rentabilidad efectiva” del futuro ajustado sigue siendo del 138% pero mejora el posicionamiento frente a los títulos públicos de los que se obtendría una rentabilidad que fluctúa, según el instrumento, entre el 74% y el 95% (v., a raíz de ello, es posible inteligir que la inversión en el futuro sigue arrojando mejor resultado o limitó moderadamente las ganancias que obtuvieron los que habían comprado los contratos de futuro. Pero esas ganancias, aún recortadas, fueron superiores a cualquier otro instrumento financiero dispone como cobertura”, destaca Lara Correa.

“No escapa al conocimiento del tribunal, que tales opiniones constituyen prueba documental aportada por la parte demandada, pero lo cierto es que, aquella rendida por la actora no logra desvirtuar el hecho de que, aun habiéndose ajustado los precios de los contratos, sus inversiones en futuros de dólar, en el contexto de extrema volatilidad política y económica en que acontecieron, aseguraron una ganancia que supera la que se podría haber obtenido mediante inversiones en cualquier otro instrumento”, finaliza antes de fallar en favor del BCRA, CNV y Rofex Inversora.