La homologación judicial a la oferta de pago que hizo Vicentin de su millonaria deuda quedó condicionada a un tratamiento igualitario de los acreedores. Así lo sostiene el pronunciamiento del Procurador General de la Corte, Jorge Barraguirre, sobre la intervención del máximo tribunal en el concurso de acreedores de la defaulteada agroexportadora, que también recomienda que el trámite sea retomado por el juez que lo viene llevando, Fabián Lorenzini, tras desestimar todas las inconductas procesales que se le achacaron.

El alto funcionario presentó este viernes su escrito, de 52 páginas, y si la Corte toma sus directrices (como las llama en el documento), la propuesta de pago concursal de Vicentin tendrá que reformularse en puntos fundamentales para lograr el ok judicial. El grupo empresario quedó debiendo más de 1.500 millones de dólares en lo que fue el cese de pagos más importante en la historia del mercado de granos argentino.

Medidas extraordinarias

La situación es la siguiente: en abril el máximo tribunal dejó en suspenso el concurso luego de que importantes acreedores comerciales denunciaran que el juez civil y comercial Fabián Lorenzini se disponía a aprobar un acuerdo, que si había conseguido la aprobación de la mayoría de los acreedores, lo consideran ilegal y que chocaba con las investigaciones por estafa que sigue, en paralelo, la Justicia penal contra el directorio de la malograda empresa.

Luego de rechazar en agosto la apelación de Vicentin a la suspensión, y de que se le pidiera a distintos actores del proceso que se pronunciaran (entre los que hubo apoyos y rechazos a lo actuado por el juez), la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe definirá en octubre si se avoca al concurso (tomándolo para resolver), si se lo quita a Lorenzini para dárselo a otro juez para que siga el proceso, o si se lo devuelve. Pero antes requirió la opinión del Procurador.

Cuando a principios de este mes Barraguirre adelantó a los legisladores provinciales de la comisión de seguimiento del caso Vicentin que se disponía a recomendarle a la Corte que le devuelva el caso a Lorenzini, en Vicentin lo tomaron como un éxito por la buena sintonía que tienen con el magistrado de Reconquista. Pero los condicionamientos que está recomendando el Procurador pueden cambiar esa primera interpretación positiva.

Oferta cuestionada

Por ejemplo, en el escrito finalmente presentado ayer el funcionario marcó cómo debe continuar el trámite que demandarán cambios en la oferta de pago presentada por la firma. Y una de las más importantes que no haya un trato desigual con los acreedores.

“Un cuidado fundamental está dado en relación a la propuesta de pago: tal como está formulada, podría implicar la violación del principio de igualdad de trato en tanto un sinnúmero de acreedores parecerían obtener el pago del ciento por ciento de su acreencia mientras que otros obtendrían un porcentaje notoriamente inferior", sostiene el Procurador.

Y ese es uno de los principales cuestionamientos que tiene la propuesta. Es que al no haber establecido en su momento categorías de acreedores, no puede a la hora de la oferta presentar una propuesta que marque diferencias entre ellos. Y en este caso ocurre que mientras que a los acreedores más chicos se les abona toda la deuda y que a los bancos internacionales, por no pagar Impuestos a las Ganancias en el país, la arquitectura financiera de la oferta le cierra, los medianos y grandes acreedores comerciales se llevan la peor parte: una quita efectiva del 80% a más de 12 años. 

Entiendo que es el tiempo oportuno para que el magistrado, siguiendo los pronunciamientos adoptados por esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, examine la existencia de abuso o fraude a la ley, atendiendo a las situaciones juridicas abusivas creadas por el entrecruzamiento de un cúmulo de derechos guiados por una estrategia contraria a la buena fe, las buenas costumbres o los fines que la ley tuvo en miras al reconocerlos. Será también la oportunidad para evaluar si se ha obrado en contra de la finalidad económica social del concurso y si en esa tarea no se han vulnerado derechos de los acreedores”, resalta el alto funcionario judicial

Respaldo al juez

 “En mi opinión, no procede el avocamiento pretendido. La pretensión en los términos en los que fue formulada, resulta asimilable al supuesto de per saltum no existente en nuestra provincia. Finalmente y, aún en ausencia de previsión legal, el contenido de las aseveraciones efectuadas por el solicitante, las que me llevan a concluir que la gravedad institucional no ha sido demostrada”, dice Barraguirre.

Durante su  largo escrito, el procurador también desestima todas las conductas antijurídicas que se achacaron a Lorenzini, respaldando así su accionar y por eso valida el argumento de que retome el concurso. Sobre la propuesta de pago, que es considerada observable por el Procurador, Barragurrie aclara que todavía no había sido homologada por Lorenzini.

“Aún no se ha arribado a la oportunidad establecida legalmente para efectuar el control de la propuesta que el ocurrente califica como abusiva y en fraude a la ley. Ello resulta indiscutible y califica la pretensión como prematura. Por otro lado, de adoptarse una resolución resultaría susceptible de revisión ordinaria y -si correspondiera- extraordinaria. Se entiende perfectamente el cuidado expresado por el peticionante en el escrito: el error judicial". Sin embargo, considero que no hay mejor antídoto que respetar el trámite de la causa, bajo las directrices recomendadas y la ampliación institucional que se dictamina”, señala.

En rigor, el grupo acreedor que pidió a la Corte el avocamiento (Grassi SA) jugó una carta fuerte sabiendo lo improbable de que el máximo tribunal se ponga a llevar una convocatoria tan compleja pero apostando que con su intervención evite la homologación que estaba por salir y se tenga que revisar la oferta.

Más controles

Si bien Barraguirre validó el accionari de Lorenzini, también instruyó a un fiscal civil para que vigile la legalidad del concurso.

“La magnitud del pasivo concursal, la posición estratégica en el mercado de crushing, los capitales nacionales que la conforman, la provisión intensiva de empleo que provee, la investigación penal a la que sus directivos están siendo sometidos, la traba de medidas cautelares por tribunales penales de la Provincia, la propuesta concordataria en sí (que alcanza a los acreedores quirografarios verificados -$ 97.367.473.092,87- e incluye a una filial argentina de la transnacional Glencore40) y la presencia del patrimonio estatal bajo la persona jurídica del Banco Nación Argentina, tocan el orden público económico y concursal. De modo que están más que reunidos el conjunto de factores flexibilizadores para que el Ministerio Público Fiscal extrapenal puede constituirse legítimamente en el proceso”, resaltó.

Otro punto es que involucra en el proceso a la Comisión de Seguimiento del caso Vicentin que se armó en la Legisltaura. “En mi opinión, los representantes del Pueblo, deberían contar con un canal institucional con el proceso. No para ralentizarlo, complicarlo o volverlo ineficaz, sino con el simple propósito de ampliar el pool deliberativo e incorporar un punto de vista al proceso —incluso en paridad de condiciones con el resto de los participantes— que eventualmente puede ilustrar a los tomadores de decisión”, señaló.