AFIP definió los aumentos para autónomos: ¿cómo quedó cada categoría?

Rigen desde el mes de marzo y cuentan con un incremento del 8,7% en relación a los valores vigentes hasta febrero

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó los nuevos valores para los contribuyentes autónomos que rigen desde el mes de marzo, que cuentan con un incremento del 8,7% en relación a los valores vigentes hasta febrero.

Se trata de importes que aplican a pagos devengados en marzo y que se abonarán en abril, aunque también incluyen los de abril y mayo. Para junio está previsto una nueva actualización trimestral. El listado incluye lo que se debe pagar por aportes, sólo como cobertura para la jubilación, ya que discrimina el total correspondiente a IVA, Ganancias y obra social.

La categoría I, la más baja, pasará a abonar un aporte mensual de $3.695,16; la II, $5173.14; III, 7390.25; IV, 11824.40; V, 16258.48. En cuanto a los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial, la categoría I prima el valor será de $4041,58 y la más alta, V prima, subirá a los $17.782,71.

Afiliaciones voluntarias, en su categoría I, estará en los $3.695,16, misma suma para la única categoría (I) de menores de 21 años. Para Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma, $3.117,79 en su categoría I.

Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828 tendrá la obligación de pagar $1.270,21 (categoría I), según Ámbito.

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