AFIP oficializó la extensión de beneficios para monotributistas

Ninguno será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante abril

     Comentarios
     Comentarios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante abril.

Así lo estableció a través de la resolución general 4973/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial. Además el organismo suspendió las exclusiones correspondientes a abril y todo otro proceso sistémico vinculado al encuadre y categorización de los pequeños contribuyentes.

Los beneficios forman parte del proceso de reglamentación de las modificaciones previstas en el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes aprobado por el Congreso, mediante el cual se alivian la carga de los contribuyentes que son excluidos del régimen simplificado.

Paralelamente se genera un puente entre este régimen y el general, y se resuelve el problema transitorio de actualización del monotributo durante 2020 como consecuencia de la suspensión del índice de movilidad previsional. Mientras se introducen los cambios en el régimen, ningún monotributista será dado de baja.

La AFIP será la encargada, por única vez, de volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado, aun cuando esa adhesión hubiese ocurrido a partir del 1 de enero de 2021, en la categoría que les corresponda. Para eso considerará los valores de los parámetros de ingresos brutos y alquileres devengados que resulten de la actualización que se efectúe y la información oportunamente declarada por los pequeños contribuyentes.

Comentarios