Aguinaldo de estatales: cómo será el pago en cuotas

El medio aguinaldo de junio de los empleados de la administración pública nacional se pagará en cuotas, que tendrán un tope mínimo. Los detalles 

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El aguinaldo para empleados públicos de Nación será abonado en cinco cuotas consecutivas con las remuneraciones de los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre de este año, para aquellos trabajadores que cobren un sueldo superior a los $80.000.

El objetivo es que la modalidad y cadencia del pago de la primera mitad del Sueldo Anual Complementario correspondiente al ejercicio 2020 modere el efecto financiero que pudiera causar en el Tesoro Nacional.

El monto bruto a abonar en la primera cuota pagadera con la remuneración del mes junio será de hasta $ 40.000 y las sumas restantes correspondientes serán abonadas en 4 cuotas consecutivas, como máximo, pagaderas con las remuneraciones de julio, agosto, septiembre y octubre del 2020.

Vale puntualizar que, en ningún caso, el valor de la cuota podrá ser inferior a $1.000.

Hoy al mediodía el gabinete económico estuvo analizando la idea de pagar en cuotas el medio aguinaldo correspondiente a junio de los trabajadores de la administración pública nacional.

"¿40 mil u 80 mil?", le consultaron al ministro de Trabajo, Claudio Moroni, quien respondió: "40 mil pesos de SAC (Sueldo Anual Complementario)", es decir, para aguinaldos correspondientes a salarios mayores a 80 mil pesos.

El titular de la cartera de Trabajo dijo que esa forma de pago en cuotas será "en principio para todos los trabajadores del Estado nacional" y, en relación al sector privado, sostuvo que el Gobierno nacional "no va a sacar ninguna norma".

"Lo que tenemos que entender es que estamos en un situación crítica y la realidad es que los planteos de Haciendo son razonables", amplió el funcionario al ingresar al encuentro en la Rosada.

La crisis económica internacional, que incidió directamente en la economía nacional, generó una imprevisible desaceleración en la tasa de crecimiento de los recursos presupuestarios.

Es para empleados y empleadas del sector público nacional comprendido en: 

a) Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social), b) Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta, el Banco Central de la República Argentina y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y c) Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones – Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Servicios. Afiliación al PAMI (INSSJP), Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), la Unidad Especial Sistema de Transmisión Yacyretá (UESTY), Comisión Nacional Antidopaje y el Instituto Nacional de la Música (INAMU). 

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