Cambiaron los requisitos para que las empresas puedan acceder al Repro II

El Ministerio de Trabajo fijó nuevos parámetros para el pago de $18 mil por trabajador de sectores afectados por la pandemia

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El Ministerio de Trabajo puso en marcha una serie de nuevos requisitos para acceder al Programa de Recuperación Productiva II (Repro II), destinado a empresas y actividades afectadas por la pandemia.

Al momento de la preselección se anunció que se tomará la facturación registrada en abril de 2019 y el mismo mes de este año, y la diferencia debe dar como mínimo una caída de 20% en términos reales y un aumento como máximo del 69% en términos nominales. Estos mismos parámetros de facturación se aplicarán a los sectores no críticos, con la diferencia de que la comparación se hará entre marzo de 2019 y el mismo mes de este año.

Ese mismo período de comparación se utilizará en el sector de la salud, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales, y como máximo un aumento de 112% en términos nominales. En cuanto al Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente, se tomarán los mismos valores que los sectores críticos y afectados no críticos, respecto a la variación de la facturación.

Por otro lado, el Gobierno aumentó a $18.000 la asistencia para los sectores considerados críticos, el mismo monto que para los de salud, y dejó en $9.000 el subsidio a los no críticos afectados. Además, resolvió abonar sólo por un mes una suma dineraria de hasta $18.000 a trabajadores independientes del sector gastronómico, encuadrados en los regímenes de Monotributo o Autónomo.

En lo que respecta a los sectores afectados no críticos y al sector salud, los parámetros para la variación de la facturación y del IVA compras serán los mismos que para la variación de la facturación en la fase de preselección. Esto se debe a que los umbrales definidos para los sectores no críticos y salud, del 69% y 112% respectivamente, implican en términos reales un requerimiento menos exigente que el planteado entre enero y marzo.

Por su parte, en este mes en particular, el Comité consideró que no es necesario diferenciar el parámetro de la variación de la facturación y del IVA compras para las empresas de acuerdo con su tamaño, ya sean de menos de 800 o de 800 o más trabajadores. Para el caso de la variación de la relación entre el costo laboral y la facturación para los sectores no críticos, evaluó que, en el contexto actual, es conveniente reducir la exigencia que planteaba el parámetro fijado en marzo, aunque sí debería preservarse la condición de cumplimiento obligatorio. En este sentido, se determinó una variación de este indicador superior a una merma de 10%.

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