Cómo quedará el monotributo con los cambios que quiere el Gobierno

El oficialismo presentó en el Congreso una iniciativa para aliviar la carga a monotributistas y aplicar nuevas reglas. Las cuatro claves del proyecto

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El Gobierno presentó el proyecto de ley para aliviar la carga a monotributistas, que la última semana se habían encontrado con un cobro retroactivo que finalmente fue suspendido. Los puntos principales del proyecto incluyen la eliminación de la deuda acumulada entre enero y junio, el pago en cuotas de dudas de años anteriores sin interés, y una suba de la facturación anual a $3,5 millones para la escala más alta.

La iniciativa que ingresó al Congreso incluye los siguientes puntos:
• El valor mensual de las categorías a ingresar -impuesto integrado y cotizaciones previsionales (incluye obra social) - del Régimen Simplificado correspondiente a los meses de enero a junio de 2021, ambos inclusive, será el vigente para diciembre 2020 para cada una de las categorías, respectivamente. Es decir que no se aplica el aumento del 35,3% en los valores de las cuotas retroactivo a enero, sino que esos importes van a regir a partir de julio.

Se amplia de $ 3,530.303 hasta $ 3.700.000 a partir del 1 de julio el valor máximo de facturación para estar incluido en el Monotributo. De esta manera, la categoría más baja aumenta de $282.424 a $370.000 los ingresos brutos permitidos. Se cree que esta ampliación incrementará el número de monotributistas.

Lanzarán un plan de regularización de las cuotas no pagadas y deudas vencidas o infracciones cometidas al 30 de junio de 2021 por los componentes impositivo, previsional y de obra social, con la “exención y/o condonación de intereses, multas y demás sanciones”.

Los monotributistas que se excedieron en el límite superior de facturación o ingresos brutos se mantendrán en este régimen“siempre que no excedan los nuevos límites. Se aclaró que únicamente podrán acceder al programa los monotributistas que en el Impuesto sobre los Bienes Personales no superen los $ 6.500.000 , sin considerar la “Casa Habitación”. Por su parte, los monotributistas de las categorías H, I, J, K deberán pagar una “cuota especial” equivalente a dos veces el valor mensual de su categoría.

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