Consenso Fiscal: el acuerdo permite a las provincias subir y crear nuevos impuestos

Nación firmará un nuevo pacto fiscal que permite a las provincias que puedan cobrar un impuesto a la herencia. ¿Cuáles otros podrán aumentar?

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Alberto Fernández y prácticamente todos los gobernadores firmarán este lunes el Consenso Fiscal que faculta una vez más a las provincias a subir y crear nuevos impuestos como el impuesto a la herencia e incrementar otros como ingresos brutos. De esta manera, el gobierno busca mostrar el respaldo y consenso de cara a las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Desde el gobierno de Omar Perotti aseguraron a Ecos365 que durante su gestión "no introducirán ningún impuesto a la herencia". 

Hoy a las 17 el mandatario junto al jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, recibirá a gobernadores y vicegobernadores en Casa Rosada. El único ausente sería Horario Rodríguez Larreta.

“El nuevo acuerdo devuelve autonomía a las provincias y también equilibra el sistema fiscal a lo largo del territorio. Es momento de impulsar políticas pensando en una Argentina con más industria, empleo y crecimiento”, argumentó el Ministro del Interior a través de sus redes sociales.

El Gobierno consiguió el respaldo de los tres gobernadores radicales: Morales, Valdés y Suárez

Por su parte, Silvina Batakis, secretaria de Provincias, y encargada de la parte técnica y política del pacto, definió que se trata de “una corrección específica que les devuelve autonomía a las provincias y también les da estabilidad y seguridad jurídica a los distritos y a los contribuyentes respecto a los impuestos provinciales”. En diálogo con Radio 10, agregó que el Gobierno Nacional impulsa “una redacción nueva” de este acuerdo firmado en 2017 porque “estipulaba muchas cláusulas con las que los gobernadores no estaban de acuerdo”.

El Consenso Fiscal fue impulsado durante la gestión de Mauricio Macri con la mira puesta en ordenar las estructuras tributarias de las jurisdicciones. En 2017, todas las provincias -excepto San Luis y La Pampa- se habían comprometido a bajar de modo gradual la presión impositiva hasta el 2022. Pero con la disminución en la recaudación, tras el estallido de la crisis económica y la devaluación de 2018, quedaron con los números en rojo.

Este es uno de los argumentos que utilizaron los gobernadores de la oposición para confirmar que asistirán a la firma del pacto, salvo Rodríguez Larreta.”En la Ciudad no vamos a aumentar impuestos, por eso no lo vamos a firmar”, aclaró el jefe de Gobierno, días atrás.

En 2020 el Gobierno porteño también había rechazado la firma del pacto fiscal ya que había un párrafo que ratificaba la quita de la coparticipación a la Ciudad que encabezó Alberto Fernández y que fue el puntapié inicial de la ruptura del diálogo con el intendente de la Capital Federal.

Los principales puntos del Consenso Fiscal 2021:

- Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires durante 2022 podrán legislar un impuesto a un aumento de riqueza obtenido por herencias, legados, donaciones y anticipos de herencia.

- Aplicar alícuotas máximas para el impuesto sobre los Ingresos Brutos: para agricultura, ganadería, pesca, minería de 0,75%; industria manufacturera, 1,50%; construcción, 2,5%; comercio, 5%; hoteles y restaurantes, 4,5%; comunicaciones 5,5%; telefonía celular 6,5%; intermediación y servicios financieros 9% (créditos hipotecarios exento); actividades Inmobiliarias, empresariales y de alquiler 5%; servicios sociales y de salud 4,75%.

Estos nuevos porcentajes implican subas en varios rubros como comunicaciones y servicios financieros.

- Las actividades dentro de agricultura, ganadería , pesca y minería que vendan a consumidores finales quedarán sujetas, en relación a esas operaciones, a la alícuota máxima establecida para comercio.

- Mantener desgravados los ingresos provenientes de las actividades de exportación de bienes (excepto los vinculados con actividades mineras o hidrocarburíferas y sus servicios complementarios) y los ingresos provenientes de prestaciones de servicios cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior del país.

- Se gravará el comercio electrónico de servicios digitales prestados por sujetos radicados, residentes o constituidos en el exterior a consumidores o empresas domiciliados, radicados o constituidos en jurisdicción provincial y la CABA. Esto incluye el servicio de suscripción online para acceso a entretenimiento (música, videos, transmisiones audiovisuales y juegos) y la intermediación en la prestación de servicios a través de plataformas digitales (hoteleros, turísticos y financieros) y las actividades de juego que se desarrollen o exploten a través de cualquier medio digital.

- Establecer una alícuota máxima del 3,5% a la transferencia de inmuebles, del 3% a la transferencia de automotores y del 2% para el resto de contratos y operaciones alcanzadas por este tributo.

- Las provincias y la CABA solo podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera solo en los casos de líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito, desembolsos pendientes, incrementos de stock generados por administración de pasivos, canjes o reestructuraciones y amortizaciones de capital.

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