Cuáles son los principales cambios que se vienen en el monotributo

La iniciativa tuvo media sanción en Diputados y se espera el ok del Senado. Aliviará las cargas de monotributistas recategorizados

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Además de la modificación al Impuesto a las Ganancias, en la última sesión de Diputados recibió media sanción un paquete de cambios en el monotributo, y ahora sólo resta el aval del Senado.

Los principales puntos de la iniciativa son:

- Los topes de las categorías tendrán subas de alrededor del 35%, y quienes pasen del Régimen Simplificado (RS) al Régimen General (RG), ya sea de manera voluntaria u obligatoria, tendrán bonificaciones en las deducciones de IVA y Ganancias.

- Se actualizan los topes de cada categoría y se crea un "puente" para aliviar el paso al régimen general (Autónomos) a los contribuyentes que hayan excedido del límite de facturación.

- Resuelve un problema transitorio de actualización del monotributo durante 2021, suscitado por la suspensión del índice de movilidad previsional, que es el previsto en la normativa vigente para su actualización. El proyecto también contempla la forma de resolver la actualización retroactiva al primero de enero minimizando los inconvenientes que podría acarrear a los contribuyentes.

- El proyecto busca suspender durante el 2020 las exclusiones del monotributo que no sean por el monto de Ingresos Brutos (facturación), tales como monto de alquiler y consumo de energía. Cuando el contribuyente se excedió en la facturación en hasta un 25% (inclusive), tiene la opción de quedarse en el monotributo, pagando un recargo y pasando a la categoría máxima de su actividad (H si es servicios y K si es venta de cosas muebles).

- En caso de que haya facturado más de 25% pasa al RG y se presumen gastos para reducir la carga tributaria del período entre que se originó la causal de exclusión y la actualidad, con el fin de reducir la obligación.

- Si el contribuyente se pasó voluntariamente al RG y facturó hasta un 25% más que el tope, puede volver a ser monotributista, premiando al contribuyente cumplidor. Para eso se crea un régimen permanente que le permite al contribuyente que pasa del RS al RG utilizar como crédito fiscal los originados en las compras realizadas en los 12 meses anteriores al momento del pase.

- Los contribuyentes que pasen voluntariamente al RG tendrán un beneficio adicional: una reducción del saldo deudor en el IVA que será del 50% el posterior al pase de régimen, del 30% el siguiente y de 10% el siguiente. De este modo, el contribuyente que pasa voluntariamente tiene 4 años de beneficio: el 1ro puede utilizar las compras de los 12 meses previos; el 2do el 50% de IVA; el 3ro el 30% de IVA y el 4to el 10% de IVA.

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