¿Cuáles son los rubros que Perotti le pidió a la Legislatura eximir de Ingresos Brutos e inmobiliario?

El proyecto presentado por el gobierno provincial al Senado alcanza a por lo menos 20 de sectores más afectados por la pandemia  

     Comentarios
     Comentarios

El gobierno provincial presentó presentó este miércoles en el Senado santafesino un proyecto de ley para eximir por cinco meses el pago de Ingresos Brutos y cuotas del impuesto Inmobiliario a sectores más afectados por la pandemia. 

El proyecto presentado plantea la eximición de los sectores incluidos en el artículo 42 de la ley 14.025 y otros que fueron planteados la iniciativa .¿Cuáles son esos sectores que serían alcanzados por la propuesta elaborada por el Ministerio de Economía conducido por Walter Agosto?

1) Las actividades de bares, restaurantes y similares.

2) Servicios de alojamiento, hotelería, residenciales, campings y similares;

3) servicios de agencias de viaje y turismo y similares;

4) servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, de excursiones y similares;

5) servicios profesionales y personales vinculados al turismo;

6) servicios de explotación de playas y parques recreativos;

7) venta al por menor de artículos o artesanías regionales;

8) servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones y similares; servicios para eventos infantiles;

9) organización de eventos, servicios de soporte y alquiler de equipos, enseres y sonido para eventos, alquiler temporario de locales para eventos;

10) servicios de peloteros;

11) alquiler de canchas para práctica de deportes, y otros establecimientos deportivos;

12) jardines maternales;

13) servicios de salones de baile y discotecas;

14) servicios de peluquería;

15) centros de atención de desarrollo infantil;

16) salas de teatro;

17) cinematografía;

18) de eventos culturales;

19) gimnasios;

20) Agencias de lotería.

El proyecto presentado este miércoles prevé "exenciones del impuesto sobre los ingresos brutos por los meses de abril a agosto inclusive del presente año, como así también la eximición de la cuota 3 del impuesto inmobiliario para los contribuyentes y los rubros principalmente perjudicados", señala el mensaje.

También la "eximición de los saldos de declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos correspondientes a los vencimientos de los meses de junio, julio y agosto, de los pequeños comerciantes minoristas locales, con excepción de aquellos que han podido desarrollar sus actividades y en tanto no se encuentren incluidos en el régimen del convenio multilateral", agrega.

Y la "ampliación del tiempo de vigencia del régimen de regularización excepcional de las obligaciones tributarias aprobado por ley 14.025, en 30 días más, facultando al Poder Ejecutivo para determinar un nuevo plazo de prórroga, por única vez, de 60 días a partir del vencimiento del nuevo plazo de vigencia fijado".

Comentarios