Detallaron los beneficios para los cumplidores de la Moratoria 2020

Hay exención para monotributistas, deducciones de impuesto a las Ganancias de autónomos y amortización acelerada de inversiones

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Exención para monotributistas, deducción especial del impuesto a las Ganancias para autónomos y mecanismo de amortización acelerada de inversiones para micro y pequeñas empresas formar parte del paquete de beneficios para contribuyentes cumplidores en la Moratoria 2020, anunciados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip).

El objetivo del plan de regularización de deudas tributarias, aduaneras y previsionales vigente hasta el 30 de noviembre busca amortiguar el impacto de la crisis. Además, en la última prórroga se incluyó un conjunto de beneficios para aquellos contribuyentes que al 26 de agosto de 2020 no registran incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas ni en el pago de las obligaciones tributarias en los últimos tres períodos fiscales.

En el caso de los monotributistas la eximición del componente impositivo del pago mensual se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021 y se realizará en cuotas mensuales y consecutivas con un tope de $17.500, aclaró el organismo. En el caso de las categorías A y B se los eximen en los períodos fiscales enero a junio de 2021, mientras que C y D se exime 5 cuotas, de enero a mayo de 2021.

Ya para los casos E y F abarca 4 cuotas, de enero a abril 2021 y para las categorías G y H se eximen 3 cuotas, de enero a marzo de 2021. Por último, I, J y K se eximen 2 cuotas, enero y febrero de 2021. En cuanto al beneficio en Ganancias se aplica a la declaración jurada correspondiente a 2020 para personas humanas y sucesiones indivisas.

"Podrán deducir, por un periodo fiscal, de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible. Están exceptuados quienes ocupen cargos públicos, los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia y quienes estén jubilados", se señaló.

Por su parte, las micro y pequeñas empresas pueden realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021. Las gestiones pueden efectuarse a través de la web de Afip hasta el 30 de noviembre inclusive.

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