Economía del Conocimiento: la provincia propone un ambicioso régimen de promoción

El gobierno provincial presentó un esquema de beneficios fiscales por 10 años. ¿Cuáles serían las exenciones para las empresas de la Economía del Conocimiento?

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La ley de impositiva anual presentada por el gobierno provincial a la Legislatura incluye no sólo una adhesión a la ley nacional de la Economía del Conocimiento sino que propone avanzar con un régimen de promoción para el sector por el término de 10 años. El objetivo es achicar la brecha con otras provincias, fundamentalmente Córdoba, que en los últimos años se quedó con varios de los jugadores tecnológicos más importantes como Mercado Libre.

La ley, en su artículo 57 propone que las empresas que acrediten haber accedido a los beneficios conferidos por la ley nacional N° 27.570, deberán inscribirse en el "Registro Provincial de Beneficiarios de la Economía del Conocimiento", que a tal efecto será creado en la órbita de la Administración Provincial de Impuestos (API).

Las empresas que se encuentren inscriptas en ese futuro Registro Provincial de  Beneficiarios, y en la medida que no superen los límites de facturación anual que a tal efecto dispondrá la reglamentación, "gozarán de los beneficios de estabilidad fiscal, por las actividades objeto de la promoción" por el término de 10 años.

Los beneficiarios del régimen de promoción de la Economía del Conocimiento quedan exentos, de los siguientes gravámenes: 

a.- Impuestos sobre los ingresos Brutos que resulten de las actividades objetos de la promoción;

b.- Impuesto de sellos, respecto de actos, contratos y/o instrumentos celebrados con motivo del desarrollo de las actividades promovidas;

c.- Impuesto Inmobiliario relativo a los inmuebles sobre los que se desarrollen las actividades promovidas.

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