El Gobierno oficializó el cierre a las exportaciones de carne

Se dieron a conocer las razones, alcances y excepciones al cumplimiento de la medida. También se aclaró que podría levantarse antes de los 30 días

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El Gobierno publicó en el Boletín Oficial las restricciones a la exportación de carne por 30 días. La medida lleva la firma del ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Luis Basterra, y aclara que si se alcanzan “precios razonables” para el mercado doméstico, se levantará.

Finalmente Basterra tuvo que respaldar la restricción, pese a que había dicho que las reglas de juego no iban a cambiar, y que se especulaba que la medida llevaría la firma del ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas. Esto no ocurrió y la resolución 75 cuenta con la rúbrica del titular de Agricultura.

El Gobierno insiste en que la medida se extenderá por solo 30 días y aclara cómo se implementará: básicamente, no se aprobarán las Declaraciones Juradas de Exportación de Carne (DJEC) que presenten los frigoríficos. “La suspensión podrá darse por concluida una vez que se verifique el normal abastecimiento, a precios razonables y conforme los acuerdos alcanzados”, señala la norma.

Entre los argumentos, apunta a China y señala que “en el actual avance del mercado exportador de carnes, sus precios han experimentado un alza sostenida, producto de la creciente demanda de dichos productos, principalmente por parte de los mercados asiáticos”. Y añade: “Esta situación ha generado que los precios internos acompañen los de exportación de la carne vacuna, en un contexto donde el precio mundial de los alimentos ha aumentado significativamente”.

Sin embargo, los datos muestran lo contrario: el precio promedio de exportación del primer trimestre bajó de 5.100 dólares la tonelada a 4.200 dólares; es decir, un 18,5 por ciento, según datos del Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina (IPCVA). Pero el Gobierno insiste en que “la fijación de valores del mercado internacional para alimentos locales que constituyen productos básicos de la mesa de los argentinos y las argentinas, implicaría renunciar a los deberes básicos en materia de política económica”.

En tanto, la pandemia asoma como otro fundamento: “Se observa que la medida dispuesta es razonable y proporcionada a las dificultades que presenta un mercado con severas distorsiones y una crítica situación social, que pueden frustrar el acceso de la población a un producto esencial para su alimentación”, señala la resolución en sus considerandos.

Lo que se introdujo en la resolución fue una excepción de las disposiciones a las “mercaderías destinadas al consumo y que sean exportadas dentro de los contingentes arancelarios otorgados por terceros países a la República Argentina, amparados por certificados de autenticidad y/o exportación", haciendo referencia a las cuotas que tiene el país: Cuota Hilton, Cuota 481 y mercado estadounidense.

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