El acuerdo entre Argentina y EEUU impulsa el blanqueo que propone Massa

Argentina firmó un acuerdo de información tributaria con Estados Unidos. ¿Qué se espera qué pase en Argentina frente a un posible nuevo blanqueo de capitales?

     Comentarios
     Comentarios

Argentina firmó un acuerdo de información tributaria con Estados Unidos para poder conocer cuánto dinero y qué bienes tienen los argentinos en el país norteamericano. Así, esos recursos pasarán a estar bajo el radar del Estado nacional y se podrán cobrar los impuestos correspondientes, con el objetivo de combatir la evasión fiscal.

Numerosos medios aseguran que desde el gobierno nacional impulsarán un nuevo blanqueo de capitales, por lo que es de esperar como ya es costumbre, un diciembre de sesiones maratónicas en el Congreso. Aparentemente, el blanqueo vendrá de la mano de la implementación de este flamante acuerdo firmado entre el ministro de Economía Sergio Massa y el embajador de los Estados Unidos.

Claro está por la experiencia de los últimos años, que el éxito de los blanqueos depende, por un lado, de la confianza que tengan los contribuyentes para con el gobierno de turno y su plan económico y por el otro, del riesgo que cree que toma cada persona evadiendo impuestos.

Podría pensarse que la continua repetición de Moratorias Fiscales y Blanqueos no hace más que atenuar el efecto disuasorio hacia la evasión fiscal que deberían generar la Ley Penal Tributaria y Ley de Procedimiento Tributario.

Ahora bien, sin pretender hacer un análisis de un tema por demás de complejo, intentaremos dejar en claro ciertos conceptos:

En primer lugar, corresponde destacar que hay una tendencia mundial hacia la Transparencia Fiscal, que busca que las personas paguen sus impuestos en el país que corresponda, de acuerdo a los criterios fijados por las leyes locales, por ejemplo en el caso de Argentina, quienes sean considerados residentes deberán abonar el Impuesto a las Ganancias por los ingresos generados en el país y en el exterior (Fuente Argentina y Fuente Extranjera.

Argentina es uno de los 119 países firmantes de la Normativa CRS “Normas Comunes en Materia de Presentación de Información”, por sus siglas en inglés, la cual preve el intercambio automático de información financiera entre los países participantes.

Bajo esta norma, es que AFIP toma conocimiento de las cuentas que tienen los residentes Argentinos en estos 118 países. La información que se brinda esta relacionada a: 

1) Los datos del titular de la cuenta;

2) El saldo de la misma al cierre de cada año;

3) Los dividendos e intereses generados.

Ahora bien, EEUU no es uno de esos países, aplicando por así decirlo “su propia normativa “. Ello así, hoy son 113 los países que ya tienen firmado un Acuerdo Intergubernamental (IGA) con este Estado. Todos ellos pueden ser encontrados en la web del Tesoro de los EEUU.

Por el momento el acuerdo firmado por Argentina aun no fue publicado, por lo que no podemos adentrarnos en especificaciones. Sí sabemos, que esos 113 acuerdos responden a 2 modelos.

El modelo 1, vendría a ser el suscripto por el ministro de Economía e implica un intercambio automático reciproco de información entre ambos países, siempre hablamos de información financiera, es decir bancaria.

Tomando como base otros Acuerdos de este modelo, en resumidas cuentas, EEUU se compromete a informar:

1) Datos sobre la Persona Humana titular de la cuenta;

2) Intereses, Dividendos y/o cualquier ingreso de Fuente Americana acreditado en la cuenta.

Observamos que EEUU no se obliga brindar información sobre saldos de las cuentas (como si sucede con los países alcanzados por la normativa CRS)

Cabe destacar además, que hablamos de “modelos” que son estandarizados, seria llamativo en este sentido que lo firmado por Argentina permita obtener información por ejemplo sobre los beneficiarios finales de cuentas bancarias, cuando sean Sociedades las titulares de las mismas.

Debemos saber que, en la práctica, quien debería transmitirle esta información a la AFIP es la IRS (Autoridad Tributaria de EEUU), según especialistas, hasta el momento esta última no le ha brindado información a ninguno de los países con los cuales EEUU ha firmado este tipo de acuerdos (IGA).

Por último, además de aclarar cuál es la información que brindaran las Entidades Financieras a Argentina, habrá que ver la fecha a partir de la cual comenzara a regir el convenio y si se aplicara o no a periodos anteriores.

(*) Lucía Senor es contadora, especialista en Derecho Tributario en ISL Contadores.

Comentarios