Extienden por 180 días la emergencia hídrica para la cuenca de los ríos Paraná, Iguazú y Paraguay

Mediante el Decreto 261/2022 publicado este jueves en el Boletí Oficial, el Gobierno decidió extender el plazo de emergencia, declarado en julio de 2021. 

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El Gobierno decidió extender la emergencia hídrica para la cuenca que conforman los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú. A través del Decreto 261/2022, se estableció la prórroga por 180 días (a partir de la fecha de expiración de la prórroga anterior) del “Estado de Emergencia Hídrica” que se declaró el 24 de julio del año pasado.

“Si bien se han atenuado los niveles de la bajante por efecto de lluvias puntuales y defluencias de las represas situadas en el área regulada de la Cuenca del Paraná, se continúan provocando afectaciones sobre el abastecimiento del agua potable, la navegación y las operaciones de puerto, la generación de energía hidroeléctrica, el abastecimiento de combustibles y las actividades económicas vinculadas a la explotación de la cuenca conformada por los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú”, indicó el Gobierno en el decreto mencionado.

La normativa señala que corresponde que el Jefe de Gabinete de Ministros, en uso de sus facultades, efectúe las reestructuraciones presupuestarias que fueren necesarias a los efectos de asignar los créditos, cargos y cualquier otra adecuación que se requiera para el financiamiento de las medidas que se dispongan por aplicación del presente decreto.

“Resulta necesario adoptar medidas en relación con la carga y los calados en el tránsito fluvial de mercaderías a efectos de evitar afectaciones en materia de vías navegables, tripulaciones, seguridad de la navegación, mantenimiento del comercio nacional e internacional y la protección ambiental, en accesos portuarios, vías navegables y dársenas”, remarca el texto.

Y estableció: “dada la ausencia de niveles de calados aptos para la navegación comercial habituales, anteriores a la actual situación crítica, causados por niveles de agua inferiores a lo normal, y su compatibilización con las profundidades de los canales troncales de diseño establecidos en el actual contrato de concesión -cuyo modelo fuera aprobado por la Resolución del Ministerio de Transporte, corresponde readecuar las profundidades de la Vía Navegable Troncal, a través de autorizaciones especificas a ser otorgadas por el citado ministerio”.

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