Flexibilizaron los requisitos para reestructurar la deuda privada

El Banco Central tomó la decisión con el objetivo de conseguir que 35 empresas logren este año canjes de deuda exitosos

     Comentarios
     Comentarios

El BCRA flexibilizó los requisitos para los canjes de deuda privada a partir de tener disponibilidad de divisas y con el objetivo de que este año 35 empresas logren exitosamente la reestructuración de sus pasivos.

En el marco de la extensión hasta el 31 de diciembre del punto 7 de la Comunicación A7106 (que vencía el 31 de marzo), la autoridad monetaria elevó de u$s1 millón a u$s2 millones el límite de vencimientos mensuales que deben ser reprogramados.

Además, liberó de esa obligación a las empresas que a lo largo de 2020 hayan reestructurado sus deudas bajo la misma indicación del BCRA y que este año enfrenten vencimientos de esas reprogramaciones. Tampoco están alcanzados los vencimientos de los nuevos desembolsos de préstamos ingresados a partir de 2020.

Cabe recordar que el 15 de septiembre del año pasado, el Central estableció que las empresas podían acceder al mercado de cambio por apenas el 40% del vencimiento de sus deudas, debiendo refinanciar el resto del capital.

"En la primera etapa, ninguna empresa del conjunto de cuarenta alcanzadas tuvo dificultades para cumplir con el pedido del BCRA", aseguraron desde la entidad conducida por Miguel Pesce.

Para facilitar este proceso el BCRA ya había permitido que las empresas puedan acceder al mercado de cambios con una antelación de hasta 45 días corridos a la fecha de vencimiento y también había habilitado el acceso con antelación para pre cancelaciones realizadas en el marco de un proceso de canje.

Además, las firmas pueden aplicar el cobro de divisas por exportaciones de bienes y servicios para cancelar capital e intereses de deudas reestructuradas. Ese mismo beneficio está disponible para la nueva deuda o las inversiones directas.

En el mismo sentido, el Banco Central permitió que una cuarta parte de las Obligaciones Negociables emitidas por empresas exportadoras en el exterior puedan ser suscriptas por personas jurídicas con dólares depositados en el país.

Comentarios