Ganancias: Reglamentación del nuevo piso

Se publicó a través del Boletín Oficial la reglamentación con las novedades sobre las modificaciones en el piso del pago de Ganancias.  

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Se elevó el piso del pago del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría a un mínimo de $150.000 a través de la ley 27.617. Ésta fue reglamentada a través de una resolución general 5008/2021 por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Más de 1.200.000 trabajadores en relación de dependecia quedan eximidas del gravamen y cobrarán a partir de julio la devolución retroactiva de los montos retenidos entre enero y mayo. Esto se hará en cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas. 

Esto generará una inyección de recursos en la economía por $50.000 millones de julio a noviembre. Alcanzarán también al aguinaldo y al medio aguinaldo, que se cobrará este mes, de los trabajadores con un salario bruto de $150.000 . 

La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, subrayó que "los cambios en el Impuesto a las Ganancias ofrecerán un importante estímulo al mercado interno", y remarcó que "la medida permite recomponer ingresos y apuntalar el consumo". Agregó que "alrededor del 90% de las trabajadoras y los trabajadores no pagarán el impuesto".

En caso de que un trabajador recibiera un aumento por encima del mínimo no imponible ($150.000), no pagará Ganancias si el promedio anual lo ubica por debajo de esa cifra. 

Cerca de 200.000 personas con remuneraciones de entre $150.000 y $173.000 brutos, afrontarán una menor carga tributaria a partir de julio.

La normativa de la AFIP exime al personal de salud de pagar impuestos por las horas extras trabajadas hasta septiembre del 2021.

Sumó también las modificaciones dictadas por la ley, en cuanto a la eliminación del tope de edad para la deducción Ganancias que corresponde a hijos e hijas con discapacidad. Incluso incorporó la deducción por pareja conviviente que antes era sólo para cónyuges. 

En cuanto a las jubilaciones, no tendrán que tributar el gravamen quienes ganen hasta ocho haberes mínimos.

Quedó excluido de pago de Ganancias al reintegro de gastos de guarderías para hijos e hijas de hasta tres años, con un monto de hasta $67.000 por año. 

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