La Afip prorrogó los beneficios de la Moratoria 2020 para contribuyentes cumplidores

Se incluyen exenciones para monotributistas, deducción de Ganancias para autónomos y amortización acelerada para micro y pequeñas empresas

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) amplió hasta el 15 de diciembre el plazo de adhesión a los beneficios para contribuyentes cumplidores en la Moratoria 2020, según lo informó a través del Boletín Oficial.

La medida está en línea con la prórroga de la inscripción de la moratoria para deudas impositivas, previsionales y aduaneras, también hasta el 15 de diciembre. Los beneficios incluyen la exención para monotributistas, una deducción especial del impuesto a las Ganancias para los autónomos y un mecanismo de amortización acelerada de inversiones para micro y pequeñas empresas.

La eximición del componente impositivo del pago mensual para monotributistas se efectuará a partir de enero de 2021 y se realizará en cuotas mensuales y consecutivas con un tope de $17.500.

El beneficio varía de acuerdo a cada categoría:

- En la categoría A y B de pequeños contribuyentes se los eximen en los períodos fiscales enero a junio de 2021.

- Para las categorías C y D se exime 5 cuotas, de enero a mayo de 2021.

- En las categorías E y F 4 cuotas, de enero a abril 2021.

- Para las categorías G y H se eximen 3 cuotas, de enero a marzo de 2021.

- Para las categorías I, J y K se eximen 2 cuotas, enero y febrero de 2021.

Cabe destacar que el beneficio en Ganancias se aplica a la declaración jurada correspondiente a 2020 para personas humanas y sucesiones indivisas.

Por su parte, las micro y pequeñas empresas pueden realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

Hay que adherirse a los beneficios a través del sitio web de la Afip.

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