Los pasos que hay que cumplir para acceder al régimen de Economía del Conocimiento

Los beneficios para las empresas entran e vigencia este jueves tras su publicación en el Boletín Oficial

     Comentarios
     Comentarios

Se dieron a conocer a través del Boletín Oficial las condiciones para que las empresas puedan acceder a los beneficios impositivos que otorga el régimen de Economía del Conocimiento.

En este sentido, es estipuló que todas las presentaciones y notificaciones se realizarán mediante la Plataforma de Trámites de Distancia, y esta presentación “significará de parte del presentante el pleno conocimiento y aceptación de las normas que rigen en el régimen”, por lo que de haber información falsa, la firma podría ser sancionada.

Ya inscriptos, los sujetos deben conservar la documentación presentada y la respaldatoria de sus declaraciones por los próximos 10 años, ya que puede ser solicitada por el Ministerio de Desarrollo Productivo. También hay que completar y autorizar el envío del formulario que establezca la Afip a través de su sitio web.

La información para completar el formulario será obtenida de las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) ventas vencidas y presentadas ante la Afip y de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones sociales.

Luego hay que completar los datos en la plataforma de Trámites a Distancia, junto a las declaraciones juradas correspondientes. En caso que la actividad promovida no pudiera determinarse o que el porcentaje de facturación correspondiente a éstas no pueda ser determinado sobre la facturación total de la empresa, se deberá acreditar mediante la presentación de otra declaración jurada, acompañada de una certificación contable con la intervención del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción correspondiente, según publicó Infobae.

Entre los beneficios de la ley se destacan la reducción segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la empresa, rebaja de hasta 70% en las contribuciones patronales y una alícuota del 0% de derechos de exportación de servicios"

Si la solicitante optare por acreditar el requisito de mejoras continuas en calidad o certificación de norma de calidad, deberá acompañar la constancia mediante la cual acredite las mejoras incorporadas o en proceso de incorporación, o bien la obtención de la certificación según el caso. Los planes deberán contemplar en su conjunto una carga horaria superior a las 80 horas, incluyendo el diseño e implementación del plan de mejora en todos los casos.

Beneficios del régimen

Reducción segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la empresa, rebaja de hasta 70% en las contribuciones patronales y una alícuota del 0% de derechos de exportación de servicios. Además, en el caso de inversiones en Investigación y Desarrollo (I+D) se computarán en hasta un 80% de la inversión exigida, los salarios de las personas destinadas al tema.

Esta información presentada será analizada por la Dirección Nacional de Desarrollo de la Economía del Conocimiento, que en caso de formular observaciones, otorgará un plazo de 10 días hábiles “para la subsanación y/o presentación de la información y documentación requerida”. Este plazo podrá ser ampliado por un nuevo plazo similar, ya sea a pedido del solicitante o de oficio.

Los beneficiarios del Régimen de Promoción de la Industria del Software que hubieren presentado su solicitud de adhesión y que hayan sido notificados por la mencionada Dirección Nacional de encontrarse en curso normal de sus obligaciones promocionales, deberán ratificar su voluntad de continuar con la adhesión solicitada, en un plazo máximo de 30 días a contar desde entrada en vigencia de la presente Disposición.

Comentarios