Monotributo, retenciones de ganancias sobre sueldos: ¿Cuándo llega el alivio?

Durante el mes de abril se promulgaron las leyes que vendrían a aliviar la carga tributaria que sufren los asalariados y los pequeños cuentapropistas

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Finalmente, durante el mes de abril se promulgaron las leyes que vendrían a aliviar la carga tributaria que sufren los asalariados (Impuesto a las ganancias) y los pequeños cuentapropistas (Monotributo).

Sin embargo, la realidad es que al día de hoy ninguna puede ser aplicada desde la práctica. Pero, ¿a qué se debe esta irregular situación?

GANANCIAS SOBRE SUELDOS

La ley Nro. 27.617, sancionada el 8 de Abril por el Congreso, fue publicada en el Boletín Oficial el 21 del mismo mes.

Dicha norma beneficia a los trabajadores que cobran hasta $150.000 mensuales, quienes dejarían de tributar el impuesto a las ganancias.

Según anuncios oficiales, estas medidas afectan a 1,2 millones de trabajadores.

Si bien sus disposiciones son retroactivas al mes de enero, aun se espera el pronunciamiento de AFIP, que deberá, mediante una Resolución General, aclarar ciertas cuestiones para tornarla plenamente operativa.

La falta de reglamentación del fisco hace que los trabajadores no vean reflejado en sus bolsillos el alivio fiscal.

Ya los sueldos de Abril y las primeras quincenas de Mayo tuvieron que liquidarse sin poder aplicar estas medicaciones. De no dictarse la reglamentación en las próximas horas, habrá quienes deban esperar por lo menos otro mes para poder percibir el tan prometido beneficio.

MONOTRIBUTO

También desde el 8 de Abril está pendiente de reglamentación la Ley 27.618 que dispone, entre otras cuestiones, elevar los parámetros actuales de las categorías de monotributo un 35,3%.

Vale la pena señalar, que los parámetros actuales son los mismos que los publicados en Septiembre de 2019 y aplicados a partir de Enero de 2020 (hace 20 y 17 meses respectivamente).

Una vez más, el Legislador delega en el Fisco Nacional la facultad de reglamentar amplios aspectos de la normativa, claves para la operatividad de las modificaciones.

Recién cuando se dicte la reglamentación se podrá hacer una planificación fiscal más acertada para lo que resta del año.

Contadora Lucía Senor especialista en Derecho Tributario en el estudio ISL Contadores

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