Nanotecnología: ¿qué cambios trae al sector la ley que avanza en Diputados?

El proyecto crea el Registro Nacional para la Promoción de la Nanotecnología y se modifican los beneficios fiscales en línea con la ley de Economía del Conocimiento. ¿Qué dicen empresarios del sector?

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El pasado miércoles 22 de junio, las comisiones de Industria; Presupuesto y Hacienda; Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, emitieron dictamen al proyecto de ley de Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y la Nanotecnología.

Se trata de un proyecto del Poder Ejecutivo que extiende el Régimen de Promoción establecido en la ley 26.270 de “Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna”, ampliando el alcance de la ley a la Nanotecnología y extendiendo su vigencia por 12 años ya que ley actual vence en julio de 2022 y con estos cambios vencería el 31 de diciembre de 2034.

Entre otros puntos, el proyecto aprobado en el plenario crea el Registro Nacional para la Promoción de la Nanotecnología, se modifican los beneficios fiscales para que sean compatibles con la ley de Economía del Conocimiento y se estipula que la autoridad de aplicación sea el Ministerio de Desarrollo Productivo.

Según señaló Daniel Lupi, de la Fundación Argentina de Nanotecnología, a Ecos365, la inclusión de esta ciencia en la ley de Promoción es todo un paso "ya que otorga un marco de previsibilidad a las empresas nacionales a la hora de invertir, contratar personal y llevar adelante nuevos desarrollos en el país".

Explicó que desde el año 2008, Argentina había tomado como línea prioritaria áreas como la tics, la bio y la nanotecnología. La parte de tics ya tenía su recorrido en la que fue la Ley de Promoción de las Tics que después se transformó en la Ley de economía del Conocimiento, mientras que la parte de bío tenía una Ley de Promoción de la Biotecnología Moderna que si bien era del 2007 se reglamentó hace tres años.

"Las empresas de nanotecnología le tenían que buscar la vuelta para entrar en la Ley de Economía del Conocimiento".

En el transcurso apareció la nanotecnología y la nano mezclada con biotecnología, con desarrollos que impactaron con fuerza en la pandemia, donde nanopartículas de plata y zinc pasaron a tener un gran protagonismo por su capacidad esterilizadora, tanto de ambientes como de objetos. Quizás el proyecto que cobró mayor relevancia en este sentido fue el de los barbijos Ion Positivo, creador por la empresa santafesina Nanotek, con sede en el Parque Tecnológico del Litoral Centro.

En diálogo con Ecos365, el ingeniero Químico Gerardo López, al frente de la firma, señaló que el sector logró una mayor visibilidad en el último tiempo y que esto generó que los gobiernos en sus distintos niveles comenzaran a tenerlo más en cuenta a la hora de pensar en normativas tendientes a promover la ciencia y la tecnología.

"Las empresas de nanotecnología le tenían que buscar la vuelta para entrar en la Ley de Economía del Conocimiento, pero se complicaba porque la tecnología en la mente de los legisladores parecía solo la ligada a la informática y las telecomunicaciones, pero no es así, todas son tecnologías y la nanotecnología es una tecnología de avanzada, una ciencia de precisión", consideró Lopez.

Beneficios fiscales

El nuevo régimen marca que los y las titulares de los proyectos de investigación y/o desarrollo aprobados en el marco de la presente Ley gozarán de diferentes beneficios como:

a) Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias por los bienes de capital, equipos especiales, partes o elementos componentes de dichos bienes, nuevos, adquiridos con destino al proyecto promovido.

b) Devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado correspondiente a la adquisición de los bienes a los que alude el inciso a), que hubieran sido facturados a los o las titulares del proyecto.

c) Conversión en Bonos de Crédito Fiscal del 50% del monto de las contribuciones a la seguridad social que hayan efectivamente pagado con destino a los sistemas y subsistemas de seguridad social

d) Conversión en Bono de Crédito Fiscal del 50 % de los gastos destinados a las contrataciones de servicios de investigación y desarrollo con instituciones pertinentes del sistema público nacional de ciencia, tecnología e innovación.

Estos dos últimos puntos resultaron interesantes para ambos empresarios, ya que contemplan un apoyo del Estado en la contratación de personal para la puesta en marcha de nuevos proyectos, afrontando una parte de las cargas sociales por dichas contrataciones. 

"Debe haber unas 70, 80 empresas que usan nanotecnología y un tercio tiene dos o tres años. Estamos en la primera etapa de las apps de nanotecnología entonces en unos años se espera que estas empresas nacientes tengan volúmenes razonables para acceder a los beneficios de esta Ley, para inversión, reducción de los aportes por empleado y de los impuestos que pagan", sostuvo Lupi

Por su parte, López celebró la creación de este crédito fiscal para las cargas sociales "a pagarse en la masa salarial del personal involucrado en los proyectos", el cual, según detalló, exige a la firma la presentación del desarrollo a llevar a cabo, la explicación de los objetivos del mismo y el personal que debe ser involucrado para sus tareas. 

"La ley anterior tenía el requisito de que si uno quería participar de estos beneficios tenía que obtener una patente argentina del producto o proceso a postular".

También destacó otro punto de la normativa como la posibilidad de acceder a créditos fiscales por un porcentaje para la contratación de servicios de investigación en organismos del Estado. "Nosotros recurrimos continuamente a la contratación de servicios de análisis y estudio en los organismos de ciencia y técnica porque hay muy buena capacidad instalada, tanto de gente como de equipamiento, y no tiene sentido que cada pyme tenga estos equipos tan sofisticados en sus laboratorios y sí que puedan sumarlos externamente", opinó el ingeniero.

Modificación de las patentes

A su vez, la ley propone la derogación de la obligación a las empresas de solicitar una patente ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), organismo descentralizado actuante en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Productivo. Esto, según la reglamentación, en función de la lógica de explotación de las rentas de la propiedad intelectual, que en la dinámica empresarial actual pueden tomar otras formas jurídicas distintas a la del patentamiento, en particular la del secreto industrial.

López hizo hincapié en la trascendencia de esta disposición siendo que la nanotecnología, en sus palabras, representa un sector donde lo que tiene valor es el conocimiento y no los materiales y donde, de acuerdo a su explicación, muchas veces la protección que te da una patente no es tan segura como mantener la propiedad intelectual dentro de la propia empresa.

"La ley anterior tenía el requisito de que si uno quería participar de estos beneficios tenía que obtener una patente argentina del producto o proceso que se buscaba postular. Pero a veces las empresas no los patentaban para prevenir copias porque, justamente, una vez que la respuesta está conseguida en un proceso de alta tecnología después gente que está en el tema puede hilar fino a través de una patente y empezar a reproducir. Es un punto interesante desde la visión comercial, porque uno puede proteger la tecnología pero no necesariamente hacerla pública", indicó López.

Por su parte Lupi sostuvo que "fue inteligente" el haber reducido esta exigencia, porque no es práctica para el trabajo de las firmas. Si bien resaltó la importancia de las patentes en Argentina, explicó que al tratarse de una actividad de promoción, elegir algún tipo de patente "involucra una demora que te hace perder el mercado", sobre todo con otros países que ya tienen sus sistemas aceitados y no pueden aguardar tiempos de espera tan largos para adquirir un determinado desarrollo.

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