Un alivio para los taxis: qué propone el proyecto aprobado en Diputados

El texto que recibió media sanción de la Cámara baja, permite un reintegro impositivo para la adquisición de taxis. Qué beneficios contempla. 

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La Cámara baja aprobó por 216 positivos, 3 negativos y 0 abstenciones un proyecto sobre reintegro impositivo para la adquisición de autos para el servicio de taxis.

La impulsora del proyecto, la porteña Mara Brawer (FdT) destacó que la iniciativa “busca incentivar a un sector en crisis”. “Los beneficios impositivos son una herramienta que posee el Estado para promover el progreso y la inversión en sectores que vieron afectada su actividad por diferentes motivos”, señaló.

La iniciativa, que ahora deberá ser tratada en el Senado, crea un régimen transitorio de reintegros impositivos para la adquisición de las unidades que prestan el servicio de vehículos automotores de alquiler con taxímetro, con el objetivo de fomentar “la modernización de este servicio así como la industria automotriz nacional”.

Al beneficio podrán acogerse “las personas humanas y jurídicas que cuenten con la respectiva licencia y certificación que acredite la prestación del servicio”, así como “una antigüedad no menor a un año en la misma”.

El reintegro será de “un monto equivalente a la suma abonada en concepto del impuesto al valor agregado y el impuesto establecido en el capítulo IX, del título II, de la Ley de Impuestos Internos, texto sustituido por la ley 24.674 y sus modificaciones, que recaigan sobre la unidad adquirida en condiciones de contado”.

Serán elegibles los vehículos que posean un contenido mínimo nacional de: 20% para las adquisiciones que se efectúen desde la entrada en vigencia de la ley hasta el 31 de diciembre de 2024; y de 30% para las adquisiciones que se efectúen desde el 1° de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2028.

El beneficio podrá ser utilizado para la adquisición de una unidad por persona humana y/o jurídica, una vez al año. Asimismo, los vehículos adquiridos deberán mantenerse afectados al servicio de taxímetro como mínimo tres años contados a partir de la fecha de adquisición. “Durante dicho período no podrán ser vendidos, donados, permutados, cedidos, ni transferidos a título gratuito u oneroso”, aclara el texto.


El proyecto aprobado fija un cupo fiscal hasta el 31 de diciembre de 2022 de $3.600.000.000 que, a partir del 1ro. de enero de 2023, se deberá fijar un cupo fiscal mediante la Ley de Presupuesto Nacional que se apruebe cada año.

Finalmente, invita a las provincias y la Ciudad “que tuvieran previstas en sus legislaciones locales gravámenes para la adquisición de automotores 0 km., a adoptar disposiciones análogas a la que se establecen en la presente ley”.

No obstante, antes de pasar a la votación, se aceptó una incorporación propuesta por el radical Víctor Hugo Romero para que se establezca que “la reglamentación deberá prever criterios objetivos para la asignación de los beneficios y una distribución federal de los mismos”.

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