El gobierno nacional formalizó este lunes, con su publicación en el Boletín Oficial, la convocatoria a las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias a nivel nacional para el 9 de agosto próximo y a las generales para el 25 de octubre próximo. 

Además, el decreto 775/2015 publicado en la edición de hoy del Boletín Oficial, fija como fecha de una eventual segunda vuelta electoral para definir las presidenciales al 22 de noviembre próximo.

De esta forma, quedó formalmente puesto en marcha el calendario electoral que, a nivel nacional, este año comprende la elección de presidente y vice, como así también la renovación de la mitad de las bancas de la Cámara de Diputados y un tercio de las del Senado, categoría para la cual habrá elecciones en ocho provincias. También se elegirán parlamentarios del Mercosur.

En cada provincia, la nueva categoría de parlamentarios del Mercosur, incluirá una nómina de 19 representantes como distrito único a nivel nacional, a la que se sumará un candidato en representación puntual de la jurisdicción.

De esta forma, los parlamentarios del Mercosur sumarán 43, 19 de los cuales representarán al país como distrito nacional y los 24 restantes reflejarán –de manera igualitaria– la composición federal.

Además de la convocatoria a las Paso y a las elecciones generales, en el Boletín Oficial fue publicada una norma que formaliza también la distribución de los aportes de campaña fijados por la normativa vigente.

En este sentido, el decreto 776/2015 establece que, para las categorías presidencial y Parlamentarios del Mercorsur los aportes se realicen íntegramente a las agrupaciones nacionales.

Además, la norma reglamenta lo referente a “las formas de efectuar aportes privados para las campañas electorales de las agrupaciones políticas incorporando la tarjeta de crédito”, y obliga a las entidades que las administran “a informar a las agrupaciones sobre el origen del aporte y permitir la reversión del mismo si la agrupación beneficiaria los rechaza”.

Al mismo tiempo, el decreto incorpora también la posibilidad de utilizar la tarjeta de crédito como medio de pago para los aportes privados a los partidos políticos o, eventualmente, al fondo partidario permanente, “con similares obligaciones para las entidades financieras”.

Por otro lado, estipula que las agrupaciones políticas que participen de los comicios deberán informar, “conjuntamente con la constitución de domicilio, un domicilio electrónico a los fines de las notificaciones”.