El juez federal Daniel Rafecas desestimó este mediodía la denuncia por presunto encubrimiento del atentado a la Amia presentada contra la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, confirmaron fuentes judiciales.

Rafecas no hizo lugar al dictamen en el cual el fiscal federal Gerardo Pollicita impulsó la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman.

El magistrado sostuvo que, analizada toda la evidencia, “ha quedado claro, que ninguna de las dos hipótesis de delito sostenida por el fiscal Pollicita en su requerimiento, se sostienen mínimamente, la primera (‘Comisión de la Verdad’), porque el presunto delito nunca se cometió; y la segunda (baja de las ‘notificaciones rojas’), porque la evidencia reunida, lejos de sostener mínimamente la versión fiscal, la desmiente de un modo rotundo y lapidario, llevando también a la misma conclusión de la inexistencia de un delito”.

Rafecas indicó que, el análisis de los acompañados al momento de la presentación de la denuncia, “inhiben el inicio de un proceso penal por cuanto no sólo dejan huérfano de cualquier sustento típico al hecho descripto como una supuesta maniobra de ‘encubrimiento’ y/o ‘entorpecimiento de la investigación’ del atentado a la Amia destinado a dotar de impunidad a los acusados de nacionalidad iraní, sino que por el contrario, tales evidencias se contraponen de modo categórico al supuesto ‘plan criminal’ denunciado”.

“De este modo, todas las supuestas gestiones, tratativas y negociaciones que la denuncia le adjudica a distintas personas que no integran organismos públicos -reflejadas en las escuchas telefónicas aportadas-, quedan –en el mejor de los casos- circunscritas a la antesala del comienzo de ejecución que requiere –como se adelantó- el Derecho Penal para su intervención en el marco de las hipótesis delictivas sostenidas”, comunicó Rafecas. 

Respecto de la futura conformación de la “Comisión de la Verdad”, el juez federal destacó que el acuerdo que se había firmado a fines de enero de 2013 tuvo una expectativa de gestación “de unas pocas semanas, ya que Irán, según el propio denunciante, abandonó todo interés en el asunto tras el comunicado oficial de Interpol un mes y medio después, el 15 de marzo de 2013”. “Y efectivamente, transcurridos casi dos años, desde aquel entonces no hubo avance alguno”, agregó.

Además, el juez cuestionó: “¿Cómo puede un instrumento jurídico que nunca cobró vida constituir un favorecimiento real, una ayuda material concreta prestada –en este caso- a prófugos de la justicia argentina? Si un acto jurídico –en este caso, de Derecho Internacional- por la propia dinámica de las negociaciones y de la diplomacia entre dos Estados, finalmente queda trunco y no surte efectos –en este caso la sanción, al menos formal, de la Comisión de la Verdad- ¿puede así y todo generar consecuencias jurídicas? La respuesta es que no. Y mucho menos, en el ámbito penal”.

El escrito publicado en el Centro de Información Judicial señala: “Recordemos que la barrera que separa las meras ideas y/o actos preparatorios, del delito en sí mismo, es un principio que distingue a un sistema democrático de uno autoritario: en dictaduras, estas barreras son arrasadas, y el poder punitivo cae con todo su peso no sólo sobre delitos, sino también sobre posibles vías de preparación e incluso ante la mera ideación o propuesta de un camino delictivo”.

“Para decirlo en términos llanos. La criatura concebida en el marco del Memorándum, esto es, la ‘Comisión de la Verdad’, nunca pudo nacer. Desde aquel entonces transcurrieron ya dos años. Y luego, fue sepultada, seis meses atrás, a partir de haber sido declarada inconstitucional”, sigue el texto de Rafecas.

“Con este panorama, ensayar aun así una hipótesis de delito de encubrimiento, realmente, carece de todo asidero. Tanto desde el punto de los hechos, como especialmente, desde el Derecho”, concluyó el magistrado que resultó sorteado el 3 de febrero.