Personal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) se apersonó este lunes en algunos locales comerciales y profesionales de la zona norte de la ciudad para verificar el cumplimiento del decreto 1.387/2001 en relación a la posesión de un posnet o aparato para poder realizar cobros con tarjeta.

En concreto el personal del fisco exige el cumplimiento del artículo 47 de dicho decreto, que establece que “los contribuyentes que realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final o presten servicios de consumo masivo, deberán aceptar como medio de pago, transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito”.

Una clínica odontológica y un local de lotería fueron dos de los establecimientos donde, al no disponer de Posnet, la Afip dejó actas de infracción, que en principio, y solo temporalmente, no supondrán sanciones económicas, dado que la Afip confirmó a finales del pasado año la suspensión de las multas hasta la adecuación de los negocios a la nueva normativa.

“Me preguntaron si tenía posnet y cuando dije que no, me labró el acta”, explicó a Rosario3.com la dueña de la clínica. “No me indicaron si era sanción económica o sólo advertencia”, añadió.

Aunque la normativa en la que se basa la ley del posnet tiene más de 10 años, fue a finales de 2014 cuando el fisco decidió imponer una ley de obligatoriedad para que todos los negocios ofrecieran a sus clientes el pago a través de dinero electrónico.

La nueva postura de la administración federal fue dada a conocer luego de una reunión en la que participaron Osvaldo Cornide, presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y el Administrador Federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray.

En el marco de dicha reunión, Echegaray dejó en claro que la implementación del "postnet" para los comercios “era inexorable y debía cumplirse totalmente", pero aseguró que "habría un tiempo prudencial" para que aquellos comercios que aún no lo tuvieran, para que pudieran adecuarse a la obligación.

Por tanto, las actas labradas durante ese período, “serán sólo a fines de constatación y no implicarán sanción alguna" explicó entonces Echegaray. En el momento en que las actas se conviertan en sanciones económicas, estas podrían determinarse entre $150 hasta $ 2.500.

Por último, la AFIP se comprometió a generar las "modificaciones legales" necesarias para elevar el monto del compromiso de pago a cuenta del IVA del costo del sistema, que hoy por hoy se encuentra en $30, un valor completamente desactualizado.