El Ministerio de Seguridad Social de San Pablo, Brasil, otorgará un subsidio por maternidad a un padre homosexual. Hasta el momento, el beneficio era sólo para las trabajadoras con hijos a cargo, por lo que se trata de una resolución histórica.

La Cámara Procesal del Consejo de Recursos de la Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Seguridad Social, en San Pablo, reconoció por unanimidad el derecho de este hombre a recibir, durante 120 días, el salario por maternidad que se concede a todas las madres con empleo formal.

El padre vive con su pareja en "unión homoafectiva" (un tipo de relación reconocida legalmente en ese país) y tiene un hijo adoptivo.

"Estamos hablando de que la seguridad social está reconociendo el salario por maternidad para un hombre. No podríamos negar un derecho que existe de hecho a raíz de una cuestión semántica", dijo la presidenta de la Cámara, Ana Cristina Evangelista.

Al hablar de "cuestión semántica", la consejera aludió al hecho de que la legislación vigente menciona el derecho de "la beneficiaria" al salario por maternidad. La funcionaria resaltó que el beneficio es también un derecho del niño que está garantizado por el Estatuto del Niño y el Adolescente.

Aclaró que la decisión no implica que el derecho al salario se haga a partir de ahora extensivo a todos los padres que se encuadren en situaciones similares, ya que la legislación de la seguridad social continúa sin contemplar un salario para los padres.

"No existe una especie de ´salario por paternidad´", indicó. Por tanto, agregó, los interesados deberán presentarse ante el organismo competente para solicitar el beneficio, y "cada situación será analizada en forma individual".