El grupo Grassi respondió a las impugnaciones que Molinos Agro y Deryfus realizaron a la mayoría de acreedores que validó la oferta que hizo la corredora rosarina en el cram down, que fue la primera en comunicar las obtención de adhesiones necesarias para que pase a manejar la defaultada compañia.
Los abogados del grupo le pidieron al juez del concurso, Fabián Lorenzini, que rechace las impugnaciones y que quede homologado el acuerdo preventivo alcanzado por Grassi S.A. “disponiendo la adjudicación de las acciones representativas del capital de la concursada al cramdista exitoso”.
“Grassi S.A. ha obtenido la conformidad de los acreedores sobre su propuesta en exceso a las mayorías exigidas por la ley concursal (más del 66 % de capitas y 84 % del capital) conforme la base de cómputo informada por la Sindicatura y el juez, y ha informado en primer término la obtención de las mayorías antes referidas”, resaltaron.
En ese contexto, calificó de “aventurados planteos de exclusión” los intentados por la “parte cramdista perdidosa” conformada por LDC y MOA.
Grassi aseguró no haber viciado la voluntad de ningún acreedor y que ningún otro participante del cram down ha obtenido las mayorías de ley conforme base de cómputo fijado por el Tribunal. “Las pretensiones esgrimidas por el ‘cuasi consorcio’ LDC/MOA intentan generar mayorías ficticias de manera forzada e incluso realizando aseveraciones que no aplican para su base de cálculo (pretenden excluir acreedores con argumentos que no tienen en cuenta para ellos mismos)”, planteó
“Homologación de la propuesta de Grassi o Quiebra”, contrapuso el grupo cerealista. Y así lo dijo porque informó que “se han agotado todas las instancias de este proceso y el ¿’cuasi consorcio’? LDC/MOA ha consentido el decreto de fecha 11/11/2025 que declara la existencia de mayorías y obtención de conformidades por parte de Grassi”.
Para las corredora, la pretensión impugnatoria de los “cramdistas perdidosos LDC/MOA tiene como único fin la declaración de quiebra de Vicentin SAIC”, e insistió con que Grassi S.A. logró el apoyo de 1.141 acreedores sobre 1.708 computables, que representan $ 85.362.603.160,46 equivalente al 84,9998 % del capital computable que ascendía a $ 100.426.852.066,61.
Sobre los argumentos esbozados por LDC/MOA, los presentó como “falaces, endebles y sin la entidad suficiente para impedir la homologación del acuerdo preventivo alcanzado por esta parte”. Además, calificó como un “extraño ‘consorcio, condominio’ no aclarado ni explicitado, en el cual tenemos un sujeto que ni siquiera es acreedor (MOA), por lo que cabe preguntarnos en esta instancia: al formar MOA parte de un conjunto, la falta de legitimación de aquel, ¿hace caer a los dos?; o, cuanto menos, ¿deja fuera de la impugnación al que carece al derecho al voto?”
Si los impugnantes persiguen la exclusión del voto de Grassi S.A. igual criterio debería aplicarse respecto de LDC Argentina S.A., con lo cual aquella -a tenor de la normativa vigente- carecería de legitimación para impugnar el acuerdo preventivo de esta parte. "Ante ese escenario, ambos impugnantes, LDC y MOA, carecerían de legitimación para impugnar pues no podrían reputarse como acreedores con derecho a voto”, dijeron.
En otro apartado del documento ingresado al Juzgado Civil y Comercial de la Segunda Nominación que tramita el expediente concursal, Grassi S.A. hizo referencia a la acusación de la parte contraria acerca de un universo de acreedores con el que tendría conexión y que no deberían votar su propuesta: “(…) pocas veces se ha sido visto un planteo procesal tan audaz”, ironizó.
Molinos Agro y Dreyfus pidieron la exclusión de los acreedores Grassi S.A., Commodities S.A., Avir South SARL y Vicentin Paraguay S.A, a lo que Grassu responde que “la propia LDC Argentina S.A. y Louis Dreyfus Company Suisse S.A. (sociedad controlante) aparecen en el listado de acreedores que prestaron conformidad y/o adhirieron a la propuesta de acuerdo preventivo formulada por LDC-MOA”.
“Es decir, en primer lugar, la ‘¿sociedad?’ LDC-MOA peticiona la exclusión de los votos de mi mandante a su propia propuesta y de Commodities S.A., y luego LDC –de manera insólita- decide adherir a su propia propuesta, así como también lo hace su controlante Louis Dreyfus Company Suisse S.A., configurándose así el supuesto de ‘autovoto’ que aquellos cuestionan respecto de esta parte”. Como si esto fuera poco, también debe ponerse de resalto que su socio Unión Agrícola Avellaneda (UAA) prestó conformidad a su propuesta”.
Fue así que advirtió al juez que la conducta desplegada por LDC-MOA en todo este proceso de salvataje “entraña una incoherencia y contradicción manifiesta que puede ser fácilmente comprobada. Parecería ser que LDC-MOA pretenden que la normativa sea aplicable estrictamente a Grassi, y cuando de tal aplicación se deriva un perjuicio para aquellos, la dejan de lado, contrariando sus propios actos.
Finalmente, tras acusar MOA/LDC de “embarrar la cancha”, consignó que las exclusiones pretendidas por LDC-MOA respecto de Grassi S.A., Commodities S.A., Avir South SARL y Vicentin Paraguay S.A. fueron planteadas en forma “notoriamente extemporánea”, y formuló que en caso de que el juez haga lugar al referido planteo se afectaría en forma grave la seguridad jurídica.
Con respecto a la impugnación de los votos de Grassi S.A. y Commodities S.A. alegó que no cabe más que remitirse a los fundamentos vertidos en torno a la inaplicabilidad de las exclusiones del artículo 45 al proceso de salvataje; sobre el reproche por Avir South S.A.R.L. Grassi S.A. negó enfáticamente tener el control directo o indirecto de esa firma.