La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) criticó la medida cautelar dictada por el juez Alejandro Maraniello, titular del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial N° 5 de la Ciudad de Buenos Aires, que prohíbe la difusión de audios atribuidos a Karina Milei, secretaria general de la Presidencia de Argentina. La organización consideró que esta decisión representa “un precedente negativo para la libertad de expresión y el acceso a información de interés público”.
En la misma línea, la SIP rechazó la solicitud del Ministerio de Seguridad, a cargo de Patricia Bullrich, para allanar el streaming Carnaval y a los periodistas Jorge Rial y Mauro Federico, quienes habían difundido algunos de los audios cuestionados.
El presidente de la SIP, José Roberto Dutriz, advirtió que la medida implica una censura previa, prohibida tanto por la Constitución argentina como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“Al impedir que medios de comunicación, periodistas y ciudadanos puedan compartir o debatir sobre temas de interés público, se vulnera el derecho de la sociedad a estar informada y se establece un precedente peligroso para la democracia. La prohibición alcanza incluso a redes sociales y plataformas digitales, aumentando la restricción y generando autocensura”, explicó Dutriz.
Por su parte, Martha Ramos, presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, coincidió en que si existieran dudas sobre la autenticidad de los audios, la vía correcta sería investigar su origen o determinar responsabilidades, pero nunca bloquear su difusión.
“La transparencia y el debate público sobre los actos de los funcionarios son fundamentales para la democracia. En vez de prohibir la circulación de información, debe garantizarse el acceso de la sociedad a ella y, si hay disputas, aclarar su veracidad mediante los canales legales correspondientes, sin silenciar a la prensa ni a la ciudadanía”, sostuvo Ramos.
Finalmente, la SIP señaló que la medida cautelar “contradice los estándares internacionales en materia de libertad de expresión”. Recordaron que la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos establece que la censura previa, la interferencia o la presión sobre cualquier tipo de expresión, opinión o información, sin importar el medio, debe estar prohibida por la ley.