Este jueves se cumplieron cinco años del trágico siniestro vial entre dos colectivos de la empresa Monticas que provocó la muerte de 13 personas y más de 30 heridos. Ante un nuevo aniversario, desde el Ministerio Público de la Acusación (MPA) informaron el avance de la causa que investiga los motivos del choque.
A fines del 2018, el fiscal de la Unidad de Homicidios Culposos, Walter Jurado, había formalizado la acusación contra diez personas entre las que había algunos directivos de la firma y también trabajadores a cargo del área de mantenimiento de las unidades.
Los acusados fueron identificados como Pablo César D.; Carlos Enrique L.; Alejandro Agustín P.; Raúl José R; Alejandro David L; Cristofer B.; Juan José R.; José Luis M.; Gabriel Andrés V. y Diego Javier P.
Todos ellos recibieron la acusación de fiscalía por el delito de Homicidio culposo agravado por multiplicidad de víctimas en concurso ideal con lesiones culposas graves y gravísimas agravadas por la multiplicidad de víctimas. En la audiencia que se realizó en noviembre del 2021, el fiscal pidió penas de entre 3 y 5 años de prisión para todos.
Según aseguró Jurado, los imputados “cumplían funciones esenciales para el buen funcionamiento de las unidades y de la seguridad de las mismas''. Con respecto a la responsabilidad que le encontraron en el siniestro fatal, Jurado detalló que “tuvieron en su accionar la relevancia suficiente para ser considerados autores” de la tragedia vial.
Según Jurado, Alejandro David L., Carlos L., Pablo D. y Diego Javier P. ejercían funciones relevantes y con poder de mando dentro de la organización de Monticas. En tanto que Carlos L., además de ser socio accionista y director, era también jefe en el Taller y tenía a Pablo D. como Gerente de ese área y a Diego P., que estaba a cargo de la oficina técnica.
Tanto Pablo D., como Diego P., eran los que ejercían el mando y dirección del área de taller y recibían toda la información relativa a todas las unidades que recibían mantenimiento en el galpón de calle Sabin, del mantenimiento preventivo (y de su ausencia) y del mantenimiento de emergencia de las unidades.
Por su parte, Alejandro David L., era el presidente del directorio y también cumplía con el rol de la distribución y administración de los fondos de Monticas S.A.
Por fuera de los directivos, Jurado acusó a José Luis M, Chistopher B., Gabriel Andrés V., Juan José D.R, y Alejandro Agustín P., por ser los encargados de taller de Turno al momento del siniestro. Además, el fiscal atribuyó a Alejandro Agustín P., estar a cargo de la sección de Gomería del taller.
Las penas solicitadas por Jurado son de 5 años y 10 de inhabilitación para el ejercicio del comercio y administración de empresas o sociedades para Alejandro David L., Carlos L., Pablo D. y Diego P.
La misma pena de prisión fue solicitada para José Luis M, Chistopher B., Gabriel Andrés V., Juan D.R, y Alejandro Agustín P. En tanto que para Raúl José R. la pena privativa de la libertad es de 3 años y otros diez de inhabilitación para el ejercicio de comercio y administración de sociedades.