La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) “liberó” diez medicamenntos para la venta sin receta médica. La medida alcanza a productos de administración oral, oftálmica y tópica que llevan al menos cinco años en el mercado sin reportes de efectos adversos graves que alteren su balance entre riesgos y beneficios.
La medida fue formalizada este martes en el Boletín Oficial mediante la Disposición 4714/2026 y alcanza a todas las especialidades medicinales inscriptas en el registro del organismo que cumplan con las composiciones y presentaciones contempladas en la normativa. Con esta modificación, los fármacos ya no tendrán descuentos con obras sociales o prepagas.
Los diez grupos de medicamentos son:
- Trimebutina maleato: 100 mg, en comprimidos o cápsulas de administración oral.
- Levocetirizina diclorhidrato: 5 mg y 5 mg/ml, en comprimidos, cápsulas o solución oral.
- Fexofenadina clorhidrato: 60 mg, 120 mg y 6 mg/ml, en comprimidos, cápsulas o solución oral.
- Dimenhidrinato: 50 mg, en comprimidos o cápsulas de administración oral.
- Nafazolina clorhidrato y feniramina maleato: solución oftálmica estéril con una concentración de 0,025% de nafazolina y 0,3% de feniramina.
- Olopatadina clorhidrato: solución oftálmica estéril en concentraciones de 0,1% y 0,2%.
- Carboximetilcisteína: 5%, en jarabe o solución oral.
- Cloruro de aluminio hexahidratado: 20%, en loción de uso tópico.
- Carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata: asociación en polvo de administración oral o tópica, en las concentraciones detalladas por la ANMAT.
- Ivermectina: exclusivamente en concentración de 0,5%, en loción de uso tópico.
En el escrito se especificó que la autorización de la ivermectina no comprende comprimidos ni otras presentaciones de administración oral y la venta libre se limita a la loción tópica indicada en el mismo.