El juez federal de Rosario, Carlos Vera Barros, dictó el procesamiento de la expartera Viale de Garrido por considerarla “autora” del delito de supresión o alteración de la identidad de un menor en concurso con la falsedad ideológica de un documento público contra Roberto Fargioni. Se le trabó embargo sobre los bienes y la caución real impuesta de pesos cinco millones

La expartera Dolly Viale de Garrido fue procesada por el juez federal de Rosario, Carlos Vera Barros, en referencia a la primera denuncia contra la mujer de 88 años radicada por Roberto Fargioni. El magistro la encontró responsable del delito de supresión o alteración de la identidad de un menor en concurso con la falsedad ideológica de un documento público en su contra.

El juez resolvió el procesamiento de Viale de Garrido tras la indagatoria de la mujer quien se abstuvo de prestar declaración durante la audiencia llevada adelante el martes pasado. Según determinó Vera Barros, la expartera es considerada “autora del delito previsto y penado por el art. 139 inc. 2), y art. 293 en función de conformidad con lo establecido art. 292 del Código Penal por los arts. 306, 312 y cdtes. del C.P.P.N”, es decir, responsable de la supresión o alteración de la identidad de un menor de 10 años en concurso con la falsedad ideológica de un documento público.

Además, dispuso “trabar embargo sobre los bienes de la procesada hasta cubrir la suma pesos diez millones ($ 10.000.000), que se estima suficiente para garantizar la pena pecuniaria, la indemnización civil y las costas del proceso”. Y por último, respecto de la libertad provisional del procesada Viale determinó “la caución real pesos cinco millones ($5.000.000)” en plazo de 5 días.

La causa se inició por la denuncia de la víctima, identificada como Roberto Carlos Fargioni, en noviembre de 2023. Tras realizarse un examen de ADN en el año 2014, el denunciante confirmó que no tenía vínculo genético con sus padres criadores (Nélida Leporatti y Roberto Nazareno Fargioni). Su madre le confesó que acudieron a una partera de la zona sur para conseguirlo al no poder concebir.  

Inicialmente radicada en la provincia de Santa Fe, la causa pasó al fuero federal en mayo de 2024 debido a que los hechos ocurrieron en 1980 (durante la última dictadura militar) y podrían constituir delitos de supresión de identidad y lesa humanidad.   

Viale fue imputada por certificar falsamente el acta de nacimiento (N° 898) señalando que Leporatti y Fargioni eran los padres biológicos del niño nacido en septiembre de 1978. Con este accionamiento, falsificó la filiación, permitió la obtención del DNI y tornó incierta, alterada y suprimida la identidad de la víctima, la cual permanece sin resolverse al día de la fecha.  

Cabe señalarse que en 2014 un análisis de ADN excluyó rotundamente la paternidad y maternidad biológica de ambos. Declaraciones de vecinos y conocidos de la familia que afirmaron que la madre criadora jamás estuvo embarazada. Además, un testimonio señaló la intervención de un médico ginecólogo (Dr. Capitane Funes) quien habría manifestado que el bebé provenía de una joven estudiante del norte que dio a luz en el Hospital Baigorria.  

Allanamiento a Viale

En su domicilio se le secuestraron certificados de "Nacido Vivo" en blanco con sellos de la maternidad del hospital Roque Sáenz Peña y recetarios oficiales a su nombre.  

En tanto, la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad remitió información sobre al menos otros siete casos análogos de personas con dudas de identidad cuyos certificados figuran firmados por Viale.