El Gobierno presentó un recurso de per saltum ante la Corte Suprema para que levante la suspensión que se había impuesto sobre los principales artículos de la reforma laboral. La presentación fue realizada por la Secretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Capital Humano, con el patrocinio legal de la Procuración del Tesoro, que encabeza Sebastián Amerio.

El recurso extraordinario federal solicita la intervención directa del máximo tribunal en el expediente sobre la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral, sin esperar un fallo de segunda instancia. El escrito pide la revisión de la decisión del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, que el 30 de marzo suspendió la aplicación de más de 80 artículos de la norma.

La Procuración, en representación de la Secretaría de Trabajo, solicitó que se declare la admisibilidad del recurso y que se suspendan los efectos de la medida cautelar hasta que la Corte resuelva de manera definitiva. Además, pidió que se revoque la sentencia al considerar que fue dictada por un juez incompetente y que no existe un caso judicial ni legitimación activa colectiva.

La medida cautelar había sido dispuesta por el juez laboral Raúl Horacio Ojeda, a partir de una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT), que solicitó la declaración de inconstitucionalidad de artículos de la ley por considerar que afectan derechos laborales y garantías constitucionales.

En paralelo, la jueza federal Macarena Marra Giménez resolvió un conflicto de competencia al establecer que la causa debe tramitar en la justicia federal y no en el fuero laboral de la Ciudad de Buenos Aires. El fallo desplazó la intervención del juzgado laboral y determinó que sea el fuero Contencioso Administrativo Federal el que trate la acción.

En su presentación, la Procuración sostuvo que la suspensión de la ley configura un caso de “gravedad institucional”, al afectar una norma nacional con alcance general. También argumentó que la medida genera incertidumbre sobre la vigencia de la ley y solicitó que la Corte Suprema deje sin efecto la cautelar y restituya su aplicación mientras se analiza el recurso.