La Corte Suprema de Justicia desestimó un recurso de queja presentado por el Gobierno nacional y dejó firme la orden para aplicar la ley de financiamiento universitario.
El Poder Ejecutivo quedó obligado a aplicar los artículos 5 y 6 de la ley 27.795 y debe concretar una actualización salarial de docentes y no docentes universitarios, y la recomposición de programas estudiantiles.
La resolución fue firmada por los tres ministros del tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Es en la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional y otros contra el Estado por el Decreto 759/25.
El fallo también rechazó el pedido de excusación formulado en el expediente y remitió a lo resuelto el 4 de junio de 2026 en el incidente de recusación con causa correspondiente a la misma causa.
La Corte sostuvo que el recurso extraordinario, cuya denegación parcial dio origen a la queja, no cumplía con el requisito de dirigirse contra una sentencia definitiva o equiparable, conforme al artículo 14 de la Ley 48.
En consecuencia, el tribunal desestimó tanto el pedido de excusación como la presentación directa. Además, intimó al Poder Ejecutivo para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encontraba diferido de acuerdo con la Acordada 47/91.
La queja fue interpuesta a través del Ministerio de Capital Humano (la Secretaría de Educación), en su carácter de parte demandada, informó la agencia Noticias Argentinas. El expediente tuvo origen en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 y luego intervino la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
El 10 de junio de 2026, el Gobierno firmó un acta en la que se comprometió a transferir fondos para un incremento de la masa salarial del 24,33%, una suba del 20% en gastos de funcionamiento y una ampliación de las partidas para hospitales universitarios hasta $50.000.000.000. Sin embargo, los rectores de las facultades que suscribieron el convenio aclararon que no renunciaban al aumento fijado por ley (mayor al otorgado) que ahora la Corte avaló.