La Justicia volvió a intimar al Gobierno de Javier Milei para que cumpla con la medida cautelar que ordena aplicar distintos puntos de la Ley de Financiamiento Universitario. El juez federal Martín Cormick le dio al Estado Nacional un nuevo plazo de cinco días y advirtió que, en caso de incumplimiento, podrá aplicar astreintes, es decir, multas económicas.
La resolución fue dictada por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11 luego de que el Gobierno presentara un pedido de revocatoria contra una intimación anterior. El magistrado amplió los fundamentos de su decisión y ratificó que la medida cautelar se encuentra firme.
La cautelar establece, entre otros puntos, la actualización de los salarios de docentes y no docentes de las universidades públicas y la recomposición de los programas de becas estudiantiles. La medida quedó firme luego de un fallo de la Corte Suprema de Justicia dictado en junio pasado.
En relación con los salarios universitarios, Cormick reconoció que el Estado acreditó algunos avances, entre ellos las convocatorias a las negociaciones paritarias y la efectivización de órdenes de pago.
Sin embargo, consideró que esos pasos no alcanzan para demostrar el cumplimiento integral de la cautelar. Según señaló, no quedó acreditado que el cálculo de los aumentos y las actualizaciones salariales se haya realizado de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley 27.795.
El juez también rechazó el argumento oficial de que la medida ya había sido cumplida. Recordó que ese planteo había sido analizado anteriormente, cuando el juzgado rechazó el pedido para levantar la cautelar el pasado 1 de septiembre, decisión que posteriormente quedó firme.
Por ese motivo, Cormick sostuvo que “no se ha agotado el alcance de la cautelar” y volvió a exigir al Estado que cumpla con lo dispuesto.
Qué pasa con las becas universitarias
El otro punto cuestionado por la Justicia está relacionado con las becas estudiantiles. El artículo 6° de la Ley de Financiamiento Universitario establece la recomposición de los programas de becas de acuerdo con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
La norma contempla programas como Progresar, Manuel Belgrano y Enfermería, además de otros programas de asistencia estudiantil.
En su presentación, el Gobierno sostuvo que, según su interpretación de la ley, solamente la Beca Manuel Belgrano quedaría alcanzada por sus disposiciones. En ese sentido, planteó que las becas Progresar y Enfermería no forman parte del programa contemplado por la normativa.
Para Cormick, esa explicación tampoco demuestra el cumplimiento de la medida cautelar. El magistrado remarcó que el propio Estado reconoció haber abordado la cuestión de las becas únicamente en relación con uno de los programas.
Por eso, concluyó que el cumplimiento informado por el Gobierno tampoco alcanza a cubrir lo ordenado judicialmente respecto de las becas.
La resolución aclara que esta decisión no implica anticipar una definición sobre el fondo de la cuestión. Sin embargo, determina que, desde el punto de vista cautelar, la orden judicial continúa sin cumplirse en su totalidad.
Ahora, el Gobierno tendrá cinco días para acreditar el cumplimiento de lo ordenado. En caso contrario, el juez advirtió que podrá aplicar las astreintes previstas en la resolución.