La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires le dio un revés al gobierno de Jorge Macri y rechazó la apelación que había presentado contra la resolución que ordenó la suspensión de cualquier obra relacionada al proyecto que habilitaba la demolición del Luna Park. El fallo se apoyó en la protección patrimonial del edificio, que por su valor simbólico cuenta con un resguardo legal que impide cualquier modificación total o parcial de su estructura.

Con esta resolución, quedan frenadas las tareas de demolición y remodelación impulsadas por el Ejecutivo porteño, que había habilitado las obras mediante una controvertida interpretación de la Dirección General de Interpretación Urbanística. Esa decisión permitía intervenir gran parte de la estructura y la fachada del tradicional “Palacio de los Deportes”.

La Sala III de la Cámara rechazó la apelación presentada por la administración porteña contra un fallo previo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 5, que ya había suspendido los permisos otorgados para avanzar con la demolición.

La jueza Natalia Tanno, a cargo de ese juzgado, fundamentó su decisión en el carácter histórico y patrimonial del Luna Park y ordenó detener las obras destinadas a reemplazarlo por un estadio de mayor capacidad, pensado para competir con otros recintos más modernos del Área Metropolitana.

La acción judicial fue iniciada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien cuestionó el aval del Gobierno de la Ciudad al proyecto inmobiliario presentado por las empresas DF Entertainment y Live Nation.

En su presentación, el letrado advirtió que autorizar la demolición “bajo pretexto de una mejora tecnológica” implica una “desnaturalización de la esencia del edificio”. Señaló además que “al incrementar su volumen, reemplazar la cubierta y modificar sustancialmente la fachada”, el proyecto viola “la restricción taxativa de no alterar el volumen en inmuebles con Protección Estructural”.

La Justicia ratificó la prohibición de demoler el histórico estadio Luna Park. 

Según lo planteado, las empresas buscan una reorganización integral de la planta baja, la construcción de dos nuevos subsuelos y cambios profundos en la estructura interna y externa del estadio. El plan contempla cuatro meses de demoliciones y adecuaciones iniciales, seguidos por 24 meses de obras.

Gil Domínguez remarcó que el Luna Park fue declarado Monumento Histórico Nacional y sostuvo que la intervención proyectada supone “una aniquilación irreversible” del edificio. “Autorizar la demolición de la casi totalidad de su interior es una acción prohibida que no tiene vuelta atrás”, afirmó.

A las objeciones legales se sumaron las asociaciones civiles Basta de Demoler, Observatorio del Derecho a la Ciudad y la Fundación Ciudad, que cuestionaron la llamada “modernización” y calificaron de “sinsentido” la destrucción del estadio ubicado en la intersección de Bouchard y Corrientes. También sostuvieron que cualquier intervención debería realizarse mediante un proyecto de rehabilitación integral orientado a la preservación del valor histórico del inmueble.