El Gobierno nacional oficializó a través del Boletín Oficial una nueva medida que prohíbe a los deudores alimentarios morosos de Argentina asistir al próximo Mundial de la FIFA 2026. Esta disposición forma parte de una estrategia oficial orientada a endurecer las sanciones contra aquellas personas que no cumplen con el pago de la cuota alimentaria de sus hijos.

La ministra de Seguridad de la Nación, Alejandra Monteoliva, ratificó la iniciativa y precisó que ya se remitió a las autoridades de Estados Unidos el listado con las identidades de los ciudadanos afectados por la restricción.

“Le enviamos a Estados Unidos la lista con los nombres que no van a poder entrar a la cancha”, afirmó la ministra en una entrevista televisiva a TN. Detalló que la medida alcanza de forma directa a cerca de 13 mil deudores alimentarios en mora, aunque la cifra global se eleva a 34 mil personas si se contemplan a otros individuos con restricciones judiciales o antecedentes vinculados a la violencia.

La implementación de esta política coincide con un escenario social complejo. Según un relevamiento presentado por Unicef a mediados de 2024, el 56% de las madres en Argentina no percibe la cuota alimentaria obligatoria para el sostén de sus hijos, un dato que encendió las alarmas en el ámbito político y social.

Monteoliva subrayó que el propósito central es fijar “reglas claras frente a los violentos y los deudores morosos alimentarios”, consolidando los mecanismos de fiscalización y control en espectáculos deportivos y eventos de concurrencia masiva.

¿Qué es la cuota alimentaria?


La cuota alimentaria es el aporte económico que debe realizar uno de los progenitores —usualmente, el que no convive con el hijo— para cubrir los gastos esenciales del menor. Se trata de un derecho del niño y una obligación para los padres, reconocido por la legislación nacional y los tratados internacionales de derechos humanos.

¿Cómo se regula la cuota alimentaria en Argentina?


La regulación legal se encuentra en los artículos 658 al 676 del Código Civil y Comercial de la Nación. Allí se establece que ambos progenitores son responsables del sostenimiento económico de sus hijos y que la cuota puede fijarse:

  • Por acuerdo entre las partes, con homologación judicial.
  • Por resolución judicial, si no hay acuerdo o si una de las partes incumple.

¿Qué gastos cubre?


La cuota alimentaria no se limita solo a comida. Incluye:

  • Alimentación
  • Vestimenta
  • Educación
  • Salud
  • Vivienda
  • Esparcimiento
  • Transporte

¿Hasta qué edad se paga?


 

  • Hasta los 21 años como norma general.
  • Hasta los 25 años si el hijo está estudiando o no puede mantenerse por sí mismo.
  • Sin límite de edad en caso de discapacidad permanente.

¿Qué pasa si no se paga la cuota alimentaria?


El incumplimiento de la cuota alimentaria puede tener consecuencias legales graves. Entre las sanciones que puede imponer un juez se encuentran:

  • Embargo de sueldos y cuentas bancarias
  • Prohibición de salir del país
  • Suspensión del carnet de conducir
  • Inhabilitación para participar en eventos deportivos
  • Inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos

Estas medidas buscan garantizar el cumplimiento del derecho de los hijos y evitar que se vulneren sus condiciones de vida por la falta de responsabilidad de uno de los progenitores.

¿Cómo se fija el monto de la cuota alimentaria?


El monto de la cuota se establece teniendo en cuenta:

  • Las necesidades del hijo o hija
  • Los ingresos y posibilidades económicas del progenitor obligado
  • El nivel de vida previo a la separación

En general, se establece como un porcentaje del salario del progenitor no conviviente o una suma fija mensual.

¿Cómo se tramita una cuota alimentaria?


 

  • Mediación previa: en muchos casos es obligatoria antes de iniciar el juicio.
  • Presentación de la demanda: con patrocinio letrado.
  • Audiencia judicial: para intentar llegar a un acuerdo.
  • Fijación judicial: si no hay acuerdo, el juez decide el monto.