El Parlamento de Italia convalidó, en mayo del año pasado, una ley impulsada por el oficialismo mediante la cual se limitó la concesión de la nacionalidad a descendientes italianos en el extranjero. Y si bien con esta normativa se impuso un plazo –que expiraba el 31 de mayo de 2026– para que personas nacionalizadas italianas inscribieran a sus hijos nacidos antes del 25 de mayo de 2025, en las últimas horas se aprobó la prórroga del período de inscripción.
A partir de la modificación de la ley, dicho plazo se extenderá hasta el 31 de mayo de 2029. La enmienda fue impulsada por el diputado ítalo-argentino Franco Tirelli, del Movimiento Asociativo de Italianos en el Exterior (MAIE).
En diálogo con La Primera de la Tarde (Radio 2), Tirelli explicó que “con la ley anterior, las personas con nacionalidad italiana tenían tiempo de inscribir a sus hijos en el consulado hasta que cumplieran 18 años”. Pero en mayo del año pasado, con la modificación de la Ley 74/2025 sobre ciudadanía italiana mediante el llamado “Decreto Tajani”, ese plazo pasó a ser de tan solo un año desde la promulgación de la ley, por lo que expiraba el 31 de mayo de este año.
Esto provocó que muchas personas se apresuraran para completar los trámites en el consulado, generando un cuello de botella por el que las solicitudes “se trabaron”, señaló Tirelli. Pero con la votación de la llamada Milleprórroga, una norma que el Gobierno Italiano aprueba cada año entre los meses de enero y febrero para ampliar los plazos de vigencia de normas próximas a vencer, se extendió la duración del plazo concedido a las familias para inscripciones al régimen de ciudadanía italiana por beneficio de ley.
El diputado ítalo-argentino explicó que la iniciativa se aprobó en las comisiones de presupuesto y Asuntos exteriores de la Cámara de Diputados de Italia, y que “el lunes y se aprobará igual” en el aula de sesiones plenarias.
Nuevo régimen para ciudadanías italianas
Tras las modificaciones de la ley 91/92 impuestas por el gobierno de Giorgia Meloni y su ministro Antonio Tajani en mayo de 2025, las reglas para adquirir la ciudadanía italiana cambiaron.
Hasta ese momento, se consideraba que el hijo de un italiano era italiano, y la tradición judicial, consular y administrativa sostenía que esta condición de ciudadano se transmitía en el momento mismo del nacimiento a partir del principio de filiación.
Sin embargo, con el cambio de la ley, los hijos o hijas de italianos dejaron de heredar automáticamente la ciudadanía en caso de haber nacido en el exterior, por lo que su nacionalización quedó sujeta al reconocimiento por parte del Estado italiano.
Esto tuvo como efecto el corte en la cadena de transmisión de la ciudadanía, que pasó a requerir condiciones más específicas para transmitirse de padres a hijos o de abuelos a nietos.
En el caso de padre a hijo, la ciudadanía italiana por el histórico derecho de sangre (iure sanguinis) se transmite en dos circunstancias:
- Si el padre es exclusivamente italiano (no tiene otra nacionalidad desde su nacimiento hasta el momento en que se efectúe la transmisión de la ciudadanía).
- Si el padre no es exclusivamente italiano pero ha vivido al menos 2 años en Italia, en forma continua y regular, antes del nacimiento del hijo que pretende adquirir la ciudadanía.
En casos de transferencia de ciudadanía de abuelo a nieto, por su parte, solo se puede solicitar cuando el abuelo no adquirió a lo largo de su vida ninguna otra ciudadanía que la italiana.
En tanto, bisnietos, tataranietos o choznos de italianos ya no pueden recibir la ciudadanía. Sin embargo, abogados y juristas sostienen que la pérdida del derecho para bisnietos y generaciones posteriores es inconstitucional.
De hecho, la Corte Constitucional italiana llevará adelante el próximo 11 de marzo la primera audiencia pública que evaluará la constitucionalidad de la Ley 74/2025, y la sentencia definitiva podría emitirse entre abril y mayo de 2026.
Teniendo en cuenta esto, Tirelli le recomendó a aquellos argentinos que estén considerando iniciar un proceso judicial para obtener ciudadanías esperen la resolución de la Corte, sobre todo teniendo en cuenta que en Italia “los gastos de honorarios para este tipo de trámites representan no menos de 5.000 euros para una familia de cuatro personas”.
“Quien no hizo un juicio hasta el momento, espere el fallo de la corte y, en función de lo que diga, decida si empezar el juicio en Italia o esperar a que el Parlamento modifique la ley para hacer el trámite en el consulado”, precisó.