El juez penal Juan Andrés Donolla resolvió hacer lugar a un hábeas corpus preventivo interpuesto por el defensor público Gonzalo Armas en favor de C.C. y F.N., una pareja que denunció “permanente acosos y hostigamiento por parte de personal policial de la Provincia de Santa Fe”.

El trámite de este recurso, presentado junto a la Oficina de Asistencia al detenido víctima de Violencia Institucional de la Defensoría Regional de Rosario, fue dividido en tres audiencias, informó la Defensoría.

En la primera de ellas, que se desarrolló el 14 de agosto último, la defensa señaló que desde mediados del año 2016 hasta la fecha la pareja afectada padeció “innumerables situaciones de violencia, protagonizadas por efectivos de las fuerzas de seguridad”.

En este sentido, detalló las sucesivas requisas sobre el vehículo de C.C. y F.N. que, según ellos, sufrieron durante el período señalado por parte personal del Comando Radioeléctrico.

Armas expresó que la pareja “teme por su seguridad y por la vida de su pequeña hija”, a sabiendas que estas intervenciones armadas podrían derivar en “consecuencias indeseadas”. Indicó que ambos desconocían hasta ese momento los motivos concretos por los cuales personal policial realizó ese tipo de procedimientos en su contra, dado que en ningún momento les fue exhibida orden judicial que autorizara el despliegue de dichos operativos.

Además, manifestó que este accionar de la fuerza policial significó “un uso arbitrario e ilegal de las facultades conferidas a empleados del Estado que lesiona los derechos fundamentales de las personas afectadas como asimismo los intereses generales de la comunidad”.

Después de esa audiencia, se realizaron averiguaciones y evaluaciones sobre distintos llamados al 911. De este modo, logró evidenciarse que un mismo número realizó tres llamadas a la central policial, denunciando que tanto C.C. y F.N. se hallaban ante la posibilidad de la comisión de delitos. Esta cuestión motivó las requisas mencionadas anteriormente, aunque todas ellos arrojaron resultados negativos.

Por ello, Armas pidió que se investigue si esos procedimientos eran producto de un accionar policial o de un particular. El juez ordenó organizar las distintas comunicaciones hechas a la central contra la pareja. El martes que pasó la autoridad policial brindó un CD en el cual constaban 41 llamadas hechas al 911, contra F.N. y C.C., de las cuales 22 podrían estar vinculadas con los procedimientos cuestionados.

Armas reconoció que si bien pudo haberse generado "un cauce procesal que se tergiversó involuntariamente” por parte del personal policial, "lo cierto es que existe una restricción a los derechos ambulatorios de ambos, que si bien se realizan de forma fugaz los mismos son constantes".  Además, se puso de manifiesto que todas las requisas dieron resultado negativo, sin dársele la correcta notificación al MPA para que investigue los motivos de los llamados. 

Luego de escuchar a las partes, el juez penal resolvió hacer lugar al hábeas corpus preventivo interpuesto por la Defensa Pública. Asimismo dispuso que el MPA profundice la investigación sobre los llamados registrados en el 911 a fin de establecer posibles conductas delictivas. Por último, requirió que cualquier llamado que en lo sucesivo se produzca contra los denunciantes de este hábeas corpus, se le dé intervención al MPA.