Según un comunicado, el organismo recaudador destaca que “en el fallo, la jueza incurrió en una notoria contradicción ya que ordena a la Afip "validar" la compra de divisas con destino "compra de inmuebles" cuando la Comunicación ‘A‘ 5377 del Banco Central sólo establece que el organismo nacional valide las compras de divisas con destino ‘viajes y turismo”.
A partir de la apelación de la Afip, ahora deberá intervenir la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, que ya había rechazado el año pasado la medida cautelar concedida por la Jueza al mismo contribuyente y por el mismo motivo.