La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) resolvió ayer extender desde el lunes a las compras que se realicen en el exterior con tarjetas de débito o a través de Internet el recargo del 15% que desde hoy rige para las transacciones de este tipo que se cancelen con tarjetas de crédito.

Según publica La Nación, el recargo se aplicará a "los consumos realizados en cualquier comercio que no se encuentre radicado en la Argentina" y quedará en vigente apenas se publique la norma el lunes en el Boletín Oficial.

"Lo que lee el sistema de la Afip es que el número de comercio donde el cliente efectuó la transacción esté alojado en un país diferente a la Argentina. No importará si la compra se hace por teléfono, por la Web o en forma presencial, sino el lugar en que se cobrará la transacción", dijeron.

Así, por caso, si una persona está por viajar y contrata desde aquí el alquiler de un auto o reserva un hotel en el exterior, esa operación quedará alcanzada desde ahora por el cargo del 15% "porque representa un gasto hecho en el exterior . De hecho, alcanzará a todas las operaciones que no se cancelen en pesos".

La novedad surgió cuando cerraba la jornada en la que se conocieron las resoluciones generales 3375 y 3378, que el jefe de la Afip, Ricardo Echegaray, anticipó anteayer a la prensa.

En ellas se establece que las administradoras de tarjetas de crédito quedan de ahora en más obligadas a enviarle todos los meses a la Afip un exhaustivo detalle de los datos sobre las compras efectuadas con los plásticos en el país y en el exterior cuando, hasta ahora, sólo estaban obligadas a informar los consumos en otros países que superen los $ 3000 o su equivalente en moneda extranjera.

La Afip cruzará esa información con las declaraciones juradas de los contribuyentes para "controlar que los gastos de los titulares de tarjetas estén en relación con sus ingresos".

La norma detalla que se pedirá a los operadores identificar con "apellido y nombres o razón social" a los usuarios de tarjetas de crédito y o compra emitidas en el país. Además que le informen sus números de tarjetas, la cantidad de adicionales extendidas, el banco o bancos con que operan y un detallado monto de los consumos en el país y en el exterior.

Ese detalle, en el caso de operaciones externas, supone fecha de la operación, identificación del país y su monto en moneda extranjera y en pesos, a lo que se deberá agregar el nombre del comercio y código que identifica impositivamente al rubro, entre otras cosas.

Por último, solicita información para identificar a los vendedores, locadores o prestadores de servicios adheridos a sistemas de tarjeta, e información sobre las operaciones "por ventas de bienes, locaciones de obras y locaciones o prestaciones de servicios y la sumatoria de los importes totales cancelados con tarjetas de crédito, compra o de débito", lo que, para los especialistas, puede funcionar como un incentivo no deseado al uso de efectivo.

La medida le permitirá al organismo contar con información de todos los movimientos de este tipo de consumidores y le abre la posibilidad de comenzar a cruzar el detalle de las compras que realicen en el exterior con las declaraciones que cada viajante presente ante la Aduana al regresar al país.