Consultado al respecto, el vocero del Enargas, Horacio Heugas, explicó: “Hay dos categorías, los exentos automáticamente y los casos con período de evaluación de tres días hábiles”.
Según precisó, en contacto con el programa A Diario (radio 2), los consumidores que no tienen que pagar el incremento de la tarifa son “quienes tienen algún tipo de servicio diferencial, comedores, centros de recuperación de adictos, asilos, los que tienen domicilio en fonavis o en viviendas de bajos recursos”.
También están en esta situación “los titulares beneficiarios de planes sociales, jubilados y pensionados con ingresos mínimos, personas cuyo ingreso no es compatible con el cargo, que sean beneficiarios de un fondo de desempleo, que tengan alguna discapacidad que amerite el uso del gas y la necesidad de un ambiente calefaccionado”.
Heugas precisó que también hay casos que son sujetos a una evaluación por un término de tres días hábiles. “Pueden ser personas con bajos ingresos, con una situación laboral desfavorable con problemas en la conexión o con inconvenientes edilicios”, detalló.
De acuerdo a lo informado por el Enargas todas las distribuidoras deben aceptar todos los reclamos y los usuarios deben completar una declaración jurada en la que se exprese su situación particular.