Luego de la protesta realizada por Amsafé Rosario el pasado viernes que incluyó la desobligación de alumnos entre las 10 y las 14, el gobierno provincial emitió un documento para aclarar los procedimientos para titularizar a más de 10 mil docentes de la provincia.

Los maestros de Rosario habían manifestado el rechazo a los cambios en el llamado a concursos para la titularización de cargos.

Por eso la gestión provincial aclaró este lunes que “en esta primera etapa son únicos requisitos, el título y la antigüedad en el cargo para el que se concursa. Esto significa una reparación histórica para quienes vienen desempeñándose desde hace años dentro del sistema, sin lograr su estabilidad como titular”.

“La cantidad de vacantes amerita este ofrecimiento y el nivel de expectativas es muy amplio ya que este sistema de escalafonamiento es ágil, sencillo y transparente”, aclaran desde el ministerio.

El texto completo

Las Resoluciones N° 1062, 1063 y 1064, (todas del mes de agosto de 2008), donde se llama a concurso de ingreso para cubrir cargos docentes por Junta de Escalafonamiento de los Niveles Inicial, Primario y Modalidad Especial respectivamente, han provocado diversas interpretaciones respecto a la edad requerida para el ingreso que fijan, en su Articulo 4°, inciso 4.5. el cual expresa:

“No tener más de cuarenta (40) años cumplidos a la fecha de cierre de inscripción. Si el aspirante excediera esa edad se le descontarán los años de servicios docentes reconocidos y por los cuales se hayan realizado los aportes jubilatorios correspondientes. No será de aplicación este punto a quienes se encuentren ejerciendo el cargo para el que aspiran en carácter de suplente a la fecha de la convocatoria.”

Por tal motivo el ministerio de Educación precisa que el límite de edad establecido en el artículo mencionado es en fiel cumplimiento con lo dispuesto por la Ley Provincial N°8927 del año 1981, de Ingreso a la Docencia, que en su artículo 2, inc. c establece: “ no tener mas de cuarenta (40) años cumplidos al cierre de la inscripción cuando se trate de ingreso. Si el aspirante excediera esa edad se le descontarán los años de servicios docentes reconocidos y por los cuales se hayan realizado los aportes jubilatorios correspondientes”.

En consecuencia, cada aspirante que tenga más de 40 años de edad, aún los que actualmente no se estén desempeñando como suplentes, deberán descontar los años que tienen reconocidos en la docencia y la resultante será, en definitiva, la edad de ingreso.

Por ejemplo, si al 20 de septiembre de 2008 un aspirante tuviese 46 años de edad y 8 años de antigüedad reconocida en la docencia, se considerará como si tuviera 38 años.

De la lectura del último párrafo del inciso 4.5. se desprende con absoluta claridad que, el hecho de estar trabajando como suplente habilita al aspirante a su inscripción, independientemente de la edad que posea, aún descontándole los años reconocidos y superando los 40 años de edad.

En definitiva, se ratifica el compromiso del Ministerio de Educación de que ningún docente suplente (reemplazante o interino) tenga limitaciones por su edad para poder inscribirse en los concursos de ingreso, garantizando que quienes vienen desempeñándose en el sistema y sean escalafonados de acuerdo a su antigüedad, puedan alcanzar la titularidad y por lo tanto el reconocimiento a la estabilidad laboral después de tantos años de reclamos.

Convocatoria N° 1062/08 de Nivel Inicial