La Corte Suprema de Justicia fijó nuevos parámetros para reconocer la identidad de presuntos hijos de desaparecidos. En una doble acción judicial, el máximo Tribunal dejó sin efecto el método de la extracción de sangre compulsiva (sin consentimiento de los supuestos apropiados) y avaló los allanamientos de domicilio y posibles secuestros de objetos personales con material biológico: peines, cepillos de dientes, pañuelos, prendas de vestir, entre otros.

Los dos fallos se resolvieron con mayorías diversas, como así también fueron diferentes los votos y los fundamentos. En el primero, la Corte desestimó un pronunciamiento de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal que había confirmado la resolución de la jueza María Romilda Servini de Cubría por la que ordenó la extracción compulsiva de sangre de Emilio Matías Prieto y de Guillermo Gabriel Prieto, de quien se sospecha es hijo de desaparecidos, aunque se niega a someterse a cualquier tipo de análisis.

Además, el Tribunal dejó firme la sentencia de la Cámara Federal que había reconocido la validez del allanamiento del domicilio y posterior secuestro de ropas y objetos de Guillermo Gabriel.