"La creación del Registro Nacional de datos genéticos en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación tendrá por finalidad almacenar y sistematizar la información genética asociada a una muestra o evidencia biológica que hubiere sido obtenida en el curso de una investigación criminal y de toda persona condenada con sentencia firme", por delitos vinculados a la integridad sexual.
En el mismo se consignará: nombres y apellidos (en caso de poseerlos se consignarán los correspondientes apodos, seudónimos o sobrenombres); fotografía actualizada; fecha y lugar del nacimiento; nacionalidad; número de documento de identidad y autoridad que lo expidió; domicilio actual, para lo cual el condenado, una vez en libertad, deberá informar a la autoridad los cambios de domicilio que efectúe.
"La información genética registrada consistirá en el registro alfanumérico personal elaborado exclusivamente sobre la base de genotipos que segreguen independientemente, sean polimórficos en la población, carezcan de asociación directa en la expresión de genes y aporten sólo información identificatoria apta para ser sistematizada y codificada en una base de datos informatizada", explica el artículo 4°.
Al tratarse de datos de carácter reservado, la información incluida en el registro sólo podrá ser facilitada a pedido de un juez y fiscal en el caso de una investigación de este tipo de delito.